Multan a excandidata del PVEM por violencia política de género
Foto Internet
Martes 27 de Julio de 2021 5:45 pm
+ -El Tribunal Electoral de la CDMX multó con 63 UMA’s a Karla Valeria Gómez, quien en un debate “humilló y anuló el reconocimiento de su ejercicio político” de Ana Lilia Robles, excandidata del bloque PRI-PAN-PRD a la alcaldía Milpa Alta
Por violencia
política de género en agravio de la candidata del bloque PRI-PAN-PRD a la
alcaldía Milpa Alta, Ana Lilia Robles Acevedo, el pleno del Tribunal Electoral
de la Ciudad de México multó a quien fuera la abanderada del Partido Verde
Ecologista de México (PVEM), Karla Valeria Gómez Blancas.
Con este
juicio especial sancionador, la ecologista está obligada a pagar una multa de
63 Unidades de Medida y Actualización (UMA's) –equivalente a 5 mil 642.91
pesos--, otorgar disculpa pública en favor de la agraviada y tomar un curso por
violencia política de género.
El veredicto
es consecuencia del debate “chilango” del pasado 12 de mayo, cuando la
candidata “degradó, humilló y anuló el reconocimiento de su ejercicio político
electoral a la denunciante, al acusarla de que está en ese lugar debido a que
su esposo –Jorge Alvarado Galicia-- no pudo ser candidato”, del PRI a la
Alcaldía Milpa Alta.
Además, el
TECM anuló la votación en varias casillas de los Distritos 2, 4 y 9, sin que
afectara el triunfo obtenido por los diputados locales electos de Morena:
Alberto Martínez Urincho y Nazario Norberto Sánchez, así como la del PRI,
Silvia Sánchez Barrios.
Sin embargo,
con esta sentencia el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) está
obligado a efectuar un recuento de los votos en esos Distrito Electorales, lo
que podría afectar la asignación de diputaciones plurinominales en las
coaliciones Morena-PT, así como del PAN-PRI-PRD.
Durante el
pleno del TECM de este martes, los impartidores de justicia electoral
resolvieron siete juicios de impugnación, así como el especial sancionador de
la alcaldía Milpa Alta.
Cabe destacar
que de las demandas, cuatro las presentó el PAN, dos por Fuerza por México
(FxM) y una por Movimiento Ciudadano, aunque ninguna afectó los resultados y
los magistrados ratificaron el triunfo de los candidatos en los Distrito
Electorales 1, 4, 9 –fueron dos juicios--, 20, 25 y 33.
Aclaró el
organismo electoral que la resolución de los expedientes referidos estuvo
fundamentado en los artículos 2, párrafo tercero; 165, párrafos primero y
segundo, fracciones I y V; 171, 178, 179, fracciones I, VII y VIII; 180,
fracción IV; 182, párrafos primero, segundo fracciones II y V; y del 223.
Todos ellos
del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales (Coipe), relacionados
con los numerales 3, fracción II; 85, párrafo primero; y 86, párrafo segundo,
de la Ley Procesal Electoral, ambos de la Ciudad de México, así como 118 y 119
del reglamento interior del TECM.