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Multan a excandidata del PVEM por violencia política de género



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Martes 27 de Julio de 2021 5:45 pm

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El Tribunal Electoral de la CDMX multó con 63 UMA’s a Karla Valeria Gómez, quien en un debate “humilló y anuló el reconocimiento de su ejercicio político” de Ana Lilia Robles, excandidata del bloque PRI-PAN-PRD a la alcaldía Milpa Alta

Por violencia política de género en agravio de la candidata del bloque PRI-PAN-PRD a la alcaldía Milpa Alta, Ana Lilia Robles Acevedo, el pleno del Tribunal Electoral de la Ciudad de México multó a quien fuera la abanderada del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Karla Valeria Gómez Blancas.

Con este juicio especial sancionador, la ecologista está obligada a pagar una multa de 63 Unidades de Medida y Actualización (UMA's) –equivalente a 5 mil 642.91 pesos--, otorgar disculpa pública en favor de la agraviada y tomar un curso por violencia política de género.

El veredicto es consecuencia del debate “chilango” del pasado 12 de mayo, cuando la candidata “degradó, humilló y anuló el reconocimiento de su ejercicio político electoral a la denunciante, al acusarla de que está en ese lugar debido a que su esposo –Jorge Alvarado Galicia-- no pudo ser candidato”, del PRI a la Alcaldía Milpa Alta.

Además, el TECM anuló la votación en varias casillas de los Distritos 2, 4 y 9, sin que afectara el triunfo obtenido por los diputados locales electos de Morena: Alberto Martínez Urincho y Nazario Norberto Sánchez, así como la del PRI, Silvia Sánchez Barrios.

Sin embargo, con esta sentencia el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) está obligado a efectuar un recuento de los votos en esos Distrito Electorales, lo que podría afectar la asignación de diputaciones plurinominales en las coaliciones Morena-PT, así como del PAN-PRI-PRD.

Durante el pleno del TECM de este martes, los impartidores de justicia electoral resolvieron siete juicios de impugnación, así como el especial sancionador de la alcaldía Milpa Alta.

Cabe destacar que de las demandas, cuatro las presentó el PAN, dos por Fuerza por México (FxM) y una por Movimiento Ciudadano, aunque ninguna afectó los resultados y los magistrados ratificaron el triunfo de los candidatos en los Distrito Electorales 1, 4, 9 –fueron dos juicios--, 20, 25 y 33.

Aclaró el organismo electoral que la resolución de los expedientes referidos estuvo fundamentado en los artículos 2, párrafo tercero; 165, párrafos primero y segundo, fracciones I y V; 171, 178, 179, fracciones I, VII y VIII; 180, fracción IV; 182, párrafos primero, segundo fracciones II y V; y del 223.

Todos ellos del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales (Coipe), relacionados con los numerales 3, fracción II; 85, párrafo primero; y 86, párrafo segundo, de la Ley Procesal Electoral, ambos de la Ciudad de México, así como 118 y 119 del reglamento interior del TECM.

El Universal



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