Pese a críticas, aplicarán nuevos criterios del SNI
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Viernes 30 de Julio de 2021 7:08 pm
+ -En el Diario Oficial de la Federación se publicó el Acuerdo con la reforma al Reglamento del SNI, que consiste en la derogación del artículo 34
A pesar de
las críticas emitidas por la comunidad científica, este viernes se publicó en
el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se reforma el
Reglamento del Sistema Nacional de Investigadores", que consiste en la
derogación del artículo 34 del Reglamento del Sistema Nacional de
Investigadores (SNI), lo que implica que los miembros de ese programa sean
evaluados con los criterios específicos de evaluación recientemente publicados
por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt).
El pasado 28
de junio fue publicado en la página de la Comisión Nacional de Mejora
Regulatoria (Conamer) el "Acuerdo por el que se reforma el Reglamento del
Sistema Nacional de Investigadores", en el que se lee: "La presente
Reforma fue aprobada por la Junta de Gobierno del Consejo Nacional de Ciencia y
Tecnología, mediante Acuerdo 02-10/2021 de fecha 17 de junio de 2021, tomado en
su segunda sesión ordinaria 2021".
Ahí mismo se
explica que la intención era derogar el Artículo 34 del Reglamento del SNI que
señalaba: "Al publicarse nuevos criterios específicos de evaluación en el
portal del Conacyt, los mismos entrarán en vigor en la convocatoria del año
subsecuente".
En el portal
de la Conamer, el documento recibió poco más de 30 críticas en las que se
expusieron las afectaciones que se generarían al derogar el Artículo 34. Por
ejemplo, en uno de los comentarios se indicó que de aprobarse el Acuerdo,
"se perjudicaría a los científicos y/o tecnólogos aspirantes a ingresar o
permanecer en el SNI ya que se aplicarían criterios que fueron publicados poco
antes o después del cierre de la convocatoria de este año. Los criterios nuevos
incluyen productos cualitativamente distintos a los de los años
anteriores".
En otro se
señaló que este Acuerdo "sentaría un grave precedente, en el que los
criterios de evaluación pueden ser modificados sin consulta (como lo fue el
Reglamento del SNI) y aplicados de inmediato. En términos de un Sistema
Nacional de Investigadores que requiere ser robustecido y enriquecido con las
experiencias aprendidas en 30 años, la derogación del Artículo 34 sería un
franco retroceso, pues se presta a la discrecionalidad de imponer nuevos
criterios sin consulta y empaña la transparencia en el proceso de evaluación.
En términos de quienes ya presentaron su solicitud de evaluación en la
convocatoria de este año, la imposición de distintos criterios generales y
específicos en el análisis de sus expedientes es una grave violación a sus
derechos".
Sin embargo,
ninguno de esos comentarios fue escuchado, pues la derogación se hizo oficial
con la publicación de hoy en el DOF del "Acuerdo por el que se reforma el
Reglamento del Sistema Nacional de Investigadores" y se argumentó que
"en términos de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y
Tecnología son facultades de esta entidad, entre otras, la conducción y
operación del Sistema Nacional de Investigadores, y establecer sus objetivos,
funciones y forma de organización en las reglas de operación y reglamentación
interna, y la operación de programas de apoyo y un sistema nacional de
estímulos e incentivos para la formación y consolidación de investigadores y
grupos de investigadores en cualquiera de sus ramas y especialidades".