Morena no violó la veda electoral durante Consulta Popular: TEPJF
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Viernes 17 de Septiembre de 2021 10:16 pm
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La Sala
Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación decretó que el partido Morena y su dirigente nacional, Mario
Delgado, no incurrieron en alguna violación a la ley al promover el voto a
favor del "Sí" en la pregunta planteada en la pasada Consulta
Popular.
Con ello, en
la sesión de este viernes, se declaró inexistente la falta que argumentó el PAN
en un recurso presentado y en donde señalaba que Morena y Delgado violaron el
marco legal vigente al buscar incidir en el ánimo de los ciudadanos a favor del
enjuiciamiento de los actores políticos del pasado.
El magistrado
presidente, Rubén Lara Patrón, expuso que en este este tipo de mecanismos de
participación corresponde exclusivamente al ciudadano "y no tiene digamos,
no reporta un beneficio específico para quien haya planteado esta posición de
cómo debe participarse y cómo debe votarse".
Argumentó que
desde su punto de vista "que justo por la finalidad de la consulta, justo
por la naturaleza de este mecanismo de participación, las prohibiciones o las
limitantes son distintas a las que tenemos que analizar en otro tipo de
asuntos, yo no encontraría una prohibición o una negativa tajante
normativamente hablando para incidir o no incidir en el proceso de Consulta
Popular".
Sin embargo,
la magistrada Gabriela Villafuerte, quien votó a favor de sancionar a Morena y
Mario Delgado, dijo que ambos intervinieron de forma indebida en este proceso
de Consulta Popular al incluso publicar en medios impresos esta promoción a
favor del sí.
"Son
cinco publicaciones de Morena, tres de Mario Delgado y del periódico
Regeneración, en donde desde mi punto de vista rebasan por completo los límites
de la consulta, pero no sólo rebasan los límites de la consulta, rebasan
incluso la decisión de la SCJN", subrayó.
Recordó que
en esta difusión indebida "hacen alusión a la figura de los expresidentes,
y hacen incluso un hashtag juicio a expresidentes y además dicen vota sí, está
totalmente fuera del propósito de la conducta pero sobre todo de lo que
argumentó la SCJN al establecer la modificación de la pregunta".
Durante la
misma sesión, la Sala Especializada del TEPJF, determinó que la extitular de la
Secretaría de Bienestar, María Luisa Albores González y el ex coordinador
general de programas para el desarrollo del Gobierno Federal, Gabriel García
Hernández incurrieron en difusión de propaganda personalizada a favor del
Presidente Andrés Manuel López Obrador, al difundir en redes sociales y en
periodo prohibido la entrega de apoyos de diversos programas sociales.
El
magistrado, Luis Espíndola Morales, indicó que el órgano interno de control no
debe sustanciar un procedimiento nuevo o distinto resuelto por esta sala y
únicamente debe establecer la imposición de la sanción que corresponda.
Asimismo, la
Sala Especializada del TEPJF ordenó a los órganos de control de la Presidencia
de la República y a de la Secretaría de Bienestar, así como al titular del
Ejecutivo Federal, imponer una sanción a los infractores de la normativa
electoral.