Avala SCJN el cambio de régimen laboral en organismos públicos descentralizados
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Lunes 11 de Octubre de 2021 6:50 pm
+ -La SCJN resolvió que las relaciones laborales en los organismos públicos descentralizados (OPD) se podrán regir, a partir de esta fecha, por el apartado B del artículo 123 constitucional
La Suprema
Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las relaciones laborales en
los organismos públicos descentralizados (OPD) se podrán regir, a partir de
esta fecha, por el apartado B del artículo 123 constitucional, tal y como
ocurre con toda la administración pública federal.
De esta
forma, quedó sin efectos la Jurisprudencia 1/96, con 25 años de antigüedad, que
normaba la relación laboral de los trabajadores en los OPD, incluidos en el
artículo 1 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
Durante la
sesión del Pleno de Ministros realizada este lunes, también se resolvió que con
la sustitución de jurisprudencia 2/2020, no habrá efectos retroactivos que
perjudiquen o afecten las relaciones de los trabajadores.
Trabajadores de
diferentes organismos habían manifestado su inconformidad ante la sustitución
de tesis, al considerar que un cambio del apartado A al B tendría efectos en la
disminución de sus derechos laborales, entre ellos su libertad de asociación y
el derecho de huelga.
Algunos de
los grupos que se movilizaron fueron los 26 Centros Públicos de Investigación
que reciben financiamiento del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología
(Conacyt).
La ministra
ponente de este asunto, Yasmín Esquivel, afirmó que la resolución del Pleno no
afectará los derechos ya adquiridos por los trabajadores.
“La nueva
jurisprudencia no podrá modificar situaciones de hecho, ni generar afectación a
la seguridad jurídica, tanto de las instituciones como de sus trabajadores, por
lo que los organismos descentralizados federales existentes continuarán
rigiendo sus relaciones laborales conforme al régimen previsto en su ley,
decreto, acuerdo o instrumento de creación, pero sobre todo, de ninguna manera
esta situación afectará derechos de los trabajadores”, indicó la ministra
Esquivel.
El Pleno de
Corte resolvió que el texto de la nueva tesis será definido en una sesión que
se desarrollará de manera privada, y deberá contener los puntos acordados en
esta sesión, sin efectos retroactivos.