SCJN suspende parcialmente acuerdo de AMLO sobre proyectos prioritarios

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Martes 14 de Diciembre de 2021 5:11 pm
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La Suprema
Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió parcialmente la aplicación del
acuerdo presidencial que clasificó como de interés público y seguridad nacional
los proyectos y obras prioritarios y estratégicos del Gobierno Federal.
La suspensión
sólo evitará que se clasifique como reservada, por razones de seguridad
nacional, la información pública sobre dichos proyectos, según se señala en el
acuerdo respectivo: “Es procedente la suspensión para que se suspendan todos
los efectos y las consecuencias del acuerdo impugnado que deriven en catalogar
la información detallada en éste como de interés público y/o seguridad
nacional, sin cumplir con los supuestos que las leyes respectivas prevén para
ese efecto.”
Esto
significa que, para mantener en reserva alguna información sobre proyectos como
el Tren Maya, el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles o el Corredor
Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, las autoridades a quienes se requieran
dichos datos tendrán que argumentar legalmente las razones de seguridad
nacional que sustenten su decisión.
En el mismo
acuerdo, se niega la suspensión en lo que hace a sí considerar la como de
seguridad nacional dichos proyectos para efectos de que todas las dependencias
de la administración pública federal otorguen los dictámenes, permisos y
licencias necesarias para su realización.
“Se niega la
suspensión, en los términos precisados en la parte denominada Apartado segundo.
Es improcedente la medida cautelar solicitada para suspender las acciones que
se indican en el acuerdo impugnado en relación con los proyectos y obras del
Gobierno de México”, señala la SCJN.
Estas
suspensiones fueron concedidas al admitir a trámite la controversia solicitada
por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y
Protección de Datos Personales (INAI) quien combate el acuerdo presidencial
publicado el 22 de noviembre pasado.
La suspensión
es sólo una medida cautelar, y estará vigente hasta que la SCJN resuelva si el
acuerdo presidencial es o no constitucional.