Descanso obligatorio el 25 de diciembre y 1 de enero: Javier Pinto
Foto Redacción
Martes 21 de Diciembre de 2021 8:36 pm
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Los próximos
días 25 de diciembre y 1 de enero son de descanso obligatorio, según lo
establece el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), informó la
Secretaría de Desarrollo Económico a través de la Subsecretaría del Trabajo,
que encabeza, Javier Pinto Torres, quien detalló que quienes trabajen
cualquiera de estas fechas, deberán recibir el pago doble por ese día laboral.
Precisó que
el Artículo 73 de la citada ley establece que las y los trabajadores no están
obligados a prestar servicio en sus días de descanso, sin embargo, y por la
vocación turística de la entidad, existen giros donde se prestan servicios y es
necesario que parte del personal labore; en estos casos la o el empleador está
obligado a cubrirle un salario doble, independiente del salario que le
corresponde por el descanso.
El
funcionario estatal mencionó que, si la o el trabajador recibe como salario
diario 100 pesos, al trabajar cualquiera de estos dos días de descanso
obligatorio deberá recibir 200 pesos más, lo que suma 300 pesos por trabajar en
estas fechas.
Pinto Torres
resaltó que es fundamental que las partes, empleadores y las o los empleados,
dialoguen previamente para que lleguen a acuerdos, a fin de evitar
malentendidos y conflictos laborales.
A quienes no
se les respete lo establecido por la ley, pueden comunicarse a la Procuraduría
de la Defensa del Trabajo, donde se brindará la asesoría que requieran; en
Colima pueden llamar a los teléfonos: 31231 27463 y 31231 29821; en Tecomán, al
313 324 19 04 y en Manzanillo al teléfono 314 138 17 45, de lunes a viernes de
9 de la mañana a 3 de la tarde.