SAT: ¿Cómo funcionará el embargo de cuentas bancarias?
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Jueves 30 de Diciembre de 2021 9:41 pm
+ -A partir del 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá ejercer embargos de cuentas bancarias o de negocios, con un simple aviso por medio del Buzón Tributario
Esta medida
se aplicará para aquellos contribuyentes incumplidos y para quienes facturen
operaciones simuladas, comentó Abimael Zavala, socio director de Zavala
Abogados e integrante del Nacional Colegio de Abogados de México.
De acuerdo
con las disposiciones de la Miscelánea Fiscal para 2022, tratándose de créditos
exigibles, la autoridad fiscal podrá llevar a cabo el embargo de bienes, por
medio del Buzón Tributario, estrados o edictos.
Serán
embargados depósitos bancarios, componentes de ahorro o inversión asociados a seguros de vida que no formen parte
de la prima que haya de erogarse para el pago de dicho seguro, o cualquier otro
depósito en moneda nacional o extranjera que se realicen en cualquier tipo de
cuenta que tenga a su nombre el contribuyente moroso.
¿CÓMO
FUNCIONARÁ?
1.
Es un mecanismo de comunicación entre el contribuyente
y el SAT. Cada vez que el SAT requiera
hacer una notificación, enviar información útil para el cumplimiento de tus
obligaciones fiscales, solicitar información o requerir respuesta a un trámite,
la depositará en tu buzón. A su vez, podrás realizar trámites y presentar
avisos.
2.
Para habilitar tu Buzón Tributario deberás registrar de
uno a cinco correos electrónicos y un número de teléfono celular.
3.
Los mecanismos de comunicación serán usados como
medios de contacto para enviarte avisos electrónicos cuando existan
notificaciones y mensajes pendientes de leer en tu buzón.
4.
Los medios de contacto se pueden modificar a fin de
actualizarlos o eliminarlos en el momento que lo requieras.