Permiso COVID-19 está dirigido a trabajadoras y trabajadores asegurados ante IMSS de manera directa
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Lunes 31 de Enero de 2022 5:09 pm
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El periodo de
contagio por el virus del SARS-Cov-2, es de tres días una vez que el paciente
ha comenzado con la sintomatología y ha dado positivo al virus.
Ante la
elevada tasa de contagios presentada durante el primer mes del año, el
Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Colima, sigue haciendo hincapié
a la derechohabiencia sobre el trámite de solicitud y expedición del Permiso
COVID-3.0, el cual es homologable a una incapacidad temporal para el trabajo y
ha permitido a los trabajadores asegurados ante el IMSS que han resultado
positivos a COVID-19, puedan tramitar su incapacidad sin necesidad de
trasladarse a una clínica del Instituto para dar seguimiento a este trámite
evitando así la transmisión del virus durante los trayectos e interacciones que
dicho trámite implica.
El Permiso
COVID-3.0, es un trámite que se realiza en línea, es mucho más flexible, ya no
está sujeto al semáforo epidemiológico y se lleva a cabo sin la necesidad de
visitar los servicios médicos del IMSS.
Con este
Permiso se protege al trabajador, se reducen los tiempos del trámite, se rompen
cadenas de contagio y lo más importante, vamos a seguir demostrando que
confiamos en la palabra de nuestros derechohabientes.
El Permiso
COVID-3.0 otorga al trabajador el beneficio de poder ausentarse de su centro
laboral durante su vigencia y el pago de un subsidio por parte del IMSS cuando
tenga derecho a recibirlo conforme a la Ley del Seguro Social.
La duración
de este permiso para quienes lo solicitan es hasta por 7 días para
derechohabientes con síntomas, y de 5 días para las personas asintomáticas que
cuentan con prueba positiva y el trámite se realiza una vez que el interesado
ingresa a la página http://www.imss.gob.mx/covid-19/permiso,
o a la aplicación IMSS Digital y da clic en Ingresar Permiso COVID-19.
Al respecto,
la titular de la Jefatura de Servicio de Prestaciones Médicas, doctora Martha
Irazema Cárdenas Rojas, informó que una vez detectado el Virus, el trabajador
tiene derecho a recibir hasta siete días de permiso, ya que el periodo de
contagio es de tres días una vez que el paciente ha comenzado con la
sintomatología; por lo cual, es recomendable que el paciente permanezca en
aislamiento incluso hasta que disminuyan los síntomas.
En caso de
presentar síntomas más graves o molestias de la enfermedad durante la
incapacidad de siete días, deberán acudir a atención médica o llamar a la línea
de Orientación Médica Telefónica al 800 2222 668, a fin de prevenir
complicaciones en la salud.
Detalló que a
partir del octavo día el paciente puede reincorporarse a su actividades diarias
sin ser un medio de contagio para el resto de las personas por lo cual no es
necesaria una revaloración ya que el periodo de contagio culminó durante su
aislamiento.
Cárdenas
Rojas, indicó que los Módulos de Atención Respiratoria del Seguro Social
(MARSS) se prioriza la atención a pacientes con enfermedades crónico
degenerativas, embarazadas que requieran hospitalización y personal de salud.
Por último,
externó que el Permiso COVID-3.0 es un proceso ágil que permite a los
trabajadores contar de manera remota con el respaldo legal y administrativo que
brinda una incapacidad temporal para el trabajo, protegiendo así su salud y sus
medios de subsistencia y está dirigido únicamente para las trabajadoras y los
trabajadores asegurados ante el IMSS de manera directa y en caso de persistir
con los síntomas después de los días de vigencia, es necesario que la persona
trabajadora acuda directamente con su Médico Familiar.
Gracias a
este trámite digital se redujeron los traslados y se facilitó el cobro de la
incapacidad y subsidios por este concepto, se depositaron directamente en la
cuenta bancaria de los interesados y quienes realizaron sus trámites.