Inai ordena a Conade dar a conocer procesos para sancionar por discriminación
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Sábado 05 de Febrero de 2022 12:49 pm
+ -El decreto del Inai se da luego de la solicitud de información hecha por un ciudadano y de que la Conade declaró en primera instancia que no podía dar los datos requeridos
El Instituto
Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales
(Inai) resolvió que la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade)
debe dar a conocer el proceso de amonestaciones y sanciones administrativas en
contra de las federaciones deportivas que vulneran derechos humanos en materia
de discriminación.
Lo anterior
luego de que un ciudadano solicitó conocer el proceso para imponer
amonestaciones y sanciones administrativas en contra de las federaciones
deportivas.
“Ya sea por
acción o por omisión, por parte de sus miembros y afiliados en eventos deportivos
e instalaciones deportivas, así como el marco jurídico para conocer dicho
proceso y la autoridad competente”.
En respuesta,
la Conade dijo que no cuenta con atribuciones para imponer amonestaciones y
sanciones administrativas requeridas por el particular:
En alegatos,
la Conade reiteró que no tiene competencia para conocer de la información
solicitada y precisó que, en su caso, la Comisión de Apelación y de Arbitraje
del Deporte, es la facultada para conocer y dirimir las controversias entre
deportistas y sus entrenadoras o entrenadores.
Del análisis
realizado por la ponencia a cargo del comisionado Adrián Alcalá Méndez, se
observó que la Ley de Cultura Física y Deporte tiene como una de sus
finalidades garantizar a todas las personas, sin distinción de género, edad,
discapacidad, condición social, religión, opiniones, preferencias o estado
civil, la igualdad de oportunidades dentro de los programas de desarrollo que
se implementan en materia de cultura física y de deporte.
El
comisionado Alcalá explicó que, tanto en la citada ley como en su reglamento,
se indica que corresponde a la Conade, a través de la Coordinación de
Normatividad y de Asuntos Jurídicos, la imposición de sanciones
administrativas, que van desde amonestaciones privadas o públicas a
cancelaciones de apoyos y suspensiones temporales o definitivas.
“Es, en este
sentido que se advierte que el sujeto obligado sí cuenta con atribuciones para
imponer esas sanciones administrativas en casos de discriminación y, por lo
tanto, para conocer del procedimiento respectivo que ha solicitado el
particular”.
Por otro
lado, recordó que la actividad física y el deporte son derechos fundamentales
para todas las personas y se encuentran reconocidos como tal tanto a nivel
nacional como internacional, por lo que su ejercicio está estrechamente
vinculado con el pleno desarrollo de otros derechos humanos como son la
igualdad y la no discriminación.
“Quise traer
este tema para resaltar y reiterar la obligación que tenemos todas las
autoridades para acabar con cualquier tipo de discriminación en todo el país,
en este caso en particular para recordar que el Estado mexicano debe garantizar
a todas las personas, sin discriminación de género, de edad, de discapacidad,
condición social, religión, opiniones, preferencias o estado civil, la igualdad
de oportunidades dentro de los programas de desarrollo que, en materia
deportiva, se establezcan”.
Así, el pleno
del Inai revocó la respuesta de la Conade y le instruyó realizar una nueva
búsqueda de información a fin de que entregue a la persona recurrente el
proceso para imponer sanciones y amonestaciones e indique el marco normativo
que resulta aplicable y la autoridad competente para ello.