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TEPJF desecha queja del INE contra SHCP por recursos para revocación



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Sábado 05 de Febrero de 2022 4:42 pm

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El TEPJF determinó que el INE no tiene sustento al haber interpuesto un último recurso contra la SHCP, el pasado 1 de febrero, por no otorgarle mayores recursos para el ejercicio de revocación de mandato

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el INE no tiene sustento al haber interpuesto un último recurso contra la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el pasado 1 de febrero, por no otorgarle mayores recursos para el ejercicio de revocación de mandato del próximo 10 de abril.

“El pleno de la Sala Superior considera que no le asiste la razón al INE, ya que la SHCP cumplió en sus términos lo ordenado en la sentencia principal (del TEPJF), puesto que ésta emitió una respuesta a la brevedad, fundada y motivada, sin que este órgano jurisdiccional ordenara conceder la ampliación presupuestal”, informó el Tribunal Electoral.

Lo anterior luego de que el INE se inconformó en la última semana argumentando que la instrucción del TEPJF era que la SHCP le otorgara más recursos para la organización de la consulta de revocación de mandato.

Para la organización de la revocación de mandato, el INE cuenta actualmente con un presupuesto de 1,567.4 millones de pesos, en virtud de la negativa de la SHCP de proporcionar recursos adicionales por 1,738.9 millones de pesos solicitados por el instituto.

Por unanimidad de votos el pleno de la Sala Superior TEPJF declaró infundado el planteamiento del INE sobre el incumplimiento de la SHCP a lo ordenado por la Sala Superior, con relación a la ampliación presupuestal para llevar a cabo el procedimiento de revocación de mandato.

“El 29 de diciembre de 2021, la Sala Superior, entre otras cuestiones, revocó la determinación del INE de posponer el procedimiento de Revocación de Mandato y le ordenó realizar las adecuaciones necesarias a su presupuesto y, de ser necesario, solicitar a la SHCP las ampliaciones presupuestarias que requiera para el adecuado desarrollo de dicho proceso.

“Sobre este último aspecto, la Sala Superior vinculó a la SHCP para que, en caso de que el INE hiciera una solitud de ampliación presupuestaria, diera respuesta a la brevedad de manera fundada y motivada, atendiendo de manera completa la petición”, informó el TEPJF.

El Tribunal Electoral señaló que el pasado 1 de febrero, el INE presentó un escrito en el cual alegó el incumplimiento de la sentencia emitida por el TEPJF por parte de la SHCP, la cual determinó que no era viable otorgarle recursos adicionales para la celebración del procedimiento de Revocación de Mandato.

Asimismo, porque, a consideración del INE, la SHCP tiene el deber de generar el instrumento legal para hacer efectivo el derecho humano de la ciudadanía de participar en la Revocación de Mandando, por lo que debe otorgar los recursos solicitados. 

Al respecto, la SHCP determinó que no era procedente la solicitud del INE, toda vez que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022 no existe disposición y asignación específica de recursos que permita aumentar su presupuesto.

Agencias



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