TEPJF desecha queja del INE contra SHCP por recursos para revocación
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Sábado 05 de Febrero de 2022 4:42 pm
+ -El TEPJF determinó que el INE no tiene sustento al haber interpuesto un último recurso contra la SHCP, el pasado 1 de febrero, por no otorgarle mayores recursos para el ejercicio de revocación de mandato
El Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el INE no
tiene sustento al haber interpuesto un último recurso contra la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público (SHCP), el pasado 1 de febrero, por no otorgarle
mayores recursos para el ejercicio de revocación de mandato del próximo 10 de
abril.
“El pleno de
la Sala Superior considera que no le asiste la razón al INE, ya que la SHCP
cumplió en sus términos lo ordenado en la sentencia principal (del TEPJF),
puesto que ésta emitió una respuesta a la brevedad, fundada y motivada, sin que
este órgano jurisdiccional ordenara conceder la ampliación presupuestal”,
informó el Tribunal Electoral.
Lo anterior
luego de que el INE se inconformó en la última semana argumentando que la
instrucción del TEPJF era que la SHCP le otorgara más recursos para la
organización de la consulta de revocación de mandato.
Para la
organización de la revocación de mandato, el INE cuenta actualmente con un
presupuesto de 1,567.4 millones de pesos, en virtud de la negativa de la SHCP
de proporcionar recursos adicionales por 1,738.9 millones de pesos solicitados
por el instituto.
Por
unanimidad de votos el pleno de la Sala Superior TEPJF declaró infundado el
planteamiento del INE sobre el incumplimiento de la SHCP a lo ordenado por la
Sala Superior, con relación a la ampliación presupuestal para llevar a cabo el
procedimiento de revocación de mandato.
“El 29 de
diciembre de 2021, la Sala Superior, entre otras cuestiones, revocó la
determinación del INE de posponer el procedimiento de Revocación de Mandato y
le ordenó realizar las adecuaciones necesarias a su presupuesto y, de ser
necesario, solicitar a la SHCP las ampliaciones presupuestarias que requiera
para el adecuado desarrollo de dicho proceso.
“Sobre este
último aspecto, la Sala Superior vinculó a la SHCP para que, en caso de que el
INE hiciera una solitud de ampliación presupuestaria, diera respuesta a la
brevedad de manera fundada y motivada, atendiendo de manera completa la
petición”, informó el TEPJF.
El Tribunal
Electoral señaló que el pasado 1 de febrero, el INE presentó un escrito en el
cual alegó el incumplimiento de la sentencia emitida por el TEPJF por parte de
la SHCP, la cual determinó que no era viable otorgarle recursos adicionales
para la celebración del procedimiento de Revocación de Mandato.
Asimismo,
porque, a consideración del INE, la SHCP tiene el deber de generar el
instrumento legal para hacer efectivo el derecho humano de la ciudadanía de
participar en la Revocación de Mandando, por lo que debe otorgar los recursos
solicitados.
Al respecto,
la SHCP determinó que no era procedente la solicitud del INE, toda vez que en
el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022 no
existe disposición y asignación específica de recursos que permita aumentar su
presupuesto.