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Ordena TEE al Congreso legislar sobre revocación



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Sábado 14 de Mayo de 2022 8:14 am

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Incurrió en omisión al no emitir disposiciones complementarias a la reforma constitucional de febrero de 2019; deja a diputados la decisión de fechas para aplicar esta figura


El Tribunal Electoral del Estado (TEE) ordenó al Congreso del Estado que emita una legislación secundaria en materia de revocación de mandato, aunque serán los propios diputados quienes decidan los plazos para aplicar esa figura legal.

Se determinó que los legisladores locales incurrieron en una omisión al no emitir una reglamentación secundaria para la reforma constitucional que se aprobó en febrero de 2019.

En febrero de ese año, los diputados de la 59ª Legislatura instauraron la figura de revocación de mandato en la Constitución Política del Estado, además, fijaron un plazo de 6 meses para emitir la respectiva legislación secundaria.

Al cumplirse ese plazo y no emitirse disposiciones complementarias por parte de los legisladores, el ciudadano Romualdo García Mejía presentó una queja ante el TEE.

En su impugnación, el quejoso también buscaba que la figura de revocación de mandato se aplicara a la actual gobernadora de Colima, Indira Vizcaíno Silva.

El TEE concedió que han transcurrido en demasía los 120 días para emitir dicha legislación.

Recordó que el 20 de diciembre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto de reformas a la Constitución Federal en materia de revocación de mandato, en el que se expresaba que las entidades tenían 18 meses para armonizar sus leyes.

La magistrada ponente, María Elena Díaz Rivera, sentenció que al no emitir una legislación secundaria a la reforma local de 2019, el Congreso del Estado viola el plazo previsto en el decreto 70 e incumple su obligación de garantizar y proteger los derechos políticos.

Por todo lo anterior, el TEE ordenó al Congreso del Estado que en un plazo de 60 días emita la legislación secundaria correspondiente, en términos de lo mandatado por las reformas constitucional de febrero de 2019, así como de la federal, publicada en diciembre de ese mismo año.

La magistrada Ana Carmen González Pimentel, pidió que se especifique que la aplicabilidad de la revocación de mandato, es decir, a partir de cuándo debe aplicarse, no es materia de análisis en el TEE y por lo tanto, deberá quedar establecido en la legislación que emitan los diputados.

El resolutivo fue aprobado por la unanimidad de los tres magistrados que integran el Pleno del TEE.


Mario Alberto Solís Espinosa



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