Congreso aprueba eliminación de la obligatoriedad del uso de cubrebocas

Martes 17 de Mayo de 2022 1:18 pm
+ -Será el Comité Estatal de Seguridad en Salud Pública quien determinará sobre la obligatoriedad tanto del uso del cubrebocas como demás medidas sanitarias respecto de la pandemia causada por el Sars-Cov2 Covid-19.
Durante la sesión ordinaria de este martes 17 de mayo, el
Pleno del H. Congreso del Estado de Colima aprobó una reforma a la Ley que
Regula el Uso de Cubrebocas y demás Medidas para Prevenir la Transmisión de la
Enfermedad Provocada por el Virus Saars-Cov-2 (Covid-19) en el Estado de
Colima, en la que se estipula que “corresponderá al Comité Estatal de Seguridad
en Salud Pública del Estado determinar sobre la obligatoriedad, tanto del uso
de cubrebocas como de las demás medidas sanitarias que correspondan para todas
las personas que se encuentren en el territorio del Estado de Colima, de
conformidad con los acuerdos que esta emita en virtud de la evolución de
contagios del virus”.
Tras el dictamen presentado por la diputada presidenta de la
Comisión de Salud y Deporte, Andrea Naranjo Alcaraz, la diputada Viridiana
Valencia Vargas puntualizó en tribuna que, “por recomendación del Comité
Estatal de Seguridad en Salud Pública, este Congreso elimina la obligatoriedad
del uso de cubrebocas en la ley, facultando que sean las autoridades
sanitarias, quienes, de acuerdo a la evolución de contagios, establezcan las
restricciones y empleo de medidas sanitarias en sintonía con las necesidades
requeridas”.
El dictamen elaborado por las Comisiones de Estudios
Legislativos y Puntos Constitucionales, así como la de Salud y Deporte señala
que, el Comité Estatal de Seguridad en Salud llevó a cabo su Segunda Reunión
Extraordinaria 2022 el día 12 de mayo de la presente anualidad, en la cual se
analizó la situación actual de la pandemia en la entidad, señalando que desde
sus inicios, que fue a partir del 2020 hasta la fecha, se observa de manera
notoria que las defunciones generadas por esta causa descendieron, llegándose
inclusive a reportar a la fecha de corte el 3 al 9 de mayo cero defunciones;
así mismo, en la referida reunión se analizaron diversas acciones, tales como
la derogación o en su caso, modificación de diversas disposiciones de la Ley que Regula el Uso de Cubrebocas y
demás Medidas para Prevenir la Transmisión de la Enfermedad Provocada por el
Virus Covid-19 en el Estado de Colima.
Ante ello, se aprobó la adición a diversos artículos de la
Ley antes mencionada, con la finalidad de modificar la obligatoriedad del uso
del cubrebocas, permitiendo que sean las autoridades sanitarias quienes
establezcan las restricciones y empleo de medidas sanitarias, de acuerdo con la
necesidad requerida.
Así mismo, el dictamen aprobado determina en el artículo 7
de la Ley reformada que solamente los servidores públicos de las dependencias y
entidades de la Administración Pública Estatal y municipal, de los poderes
Ejecutivo, Legislativo y Judicial; así como de cualquier otra oficina pública,
privada y cualquier centro de trabajo, con base en lo que determine el Comité
Estatal de Seguridad en Salud Pública del Estado, portarán, por lo menos,
cubrebocas higiénicos, cuando se encuentren en funciones; además, se deberán
observar y cumplir todas las medidas y prácticas sanitarias emitidas por las
autoridades sanitarias.
Además, el dictamen señala que será obligatorio para todas
las personas que ingresen a oficinas públicas, privadas o cualquier centro de
trabajo a realizar un trámite, solicitar un servicio, o cualquier otra
actividad, el uso, por lo menos, de cubrebocas higiénicos. En caso de que
alguna persona pretenda ingresar sin cubrebocas, se le informará e instruirá
que, por disposición oficial, no podrá acceder ni recibir atención hasta que lo
porte; y dependiendo de la disponibilidad y capacidad financiera de la oficina
correspondiente, se le podrá otorgar cubrebocas de manera gratuita, ponderando
en todo momento a las personas con mayor índice de vulnerabilidad.
La reforma fue aprobada por unanimidad, por lo que entrará
en vigor al siguiente día de su publicación en el Periódico Oficial “El Estado
de Colima”.