Acuerdo México-Cuba en Salud incluye formación de especialistas, investigación, vacunas y medicamentos
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Jueves 19 de Mayo de 2022 9:38 pm
+ -El 8 de mayo en La Habana, autoridades de salud de ambos países firmaron el acuerdo de cooperación
El 8 de mayo,
en La Habana, el titular de Salud de México, Jorge Alcocer Varela, y su
homólogo de Cuba, José Ángel Portal Miranda, firmaron el Acuerdo de cooperación
entre la Secretaría de Salud de México y el Ministerio de Salud Pública de la
República de Cuba en el campo de la Salud, con el objetivo de establecer el
marco jurídico de referencia mediante el cual ambas dependencias desarrollarán
actividades de cooperación técnica, científica y académica.
El documento
establece en el artículo II “Áreas y modalidades de cooperación”, que ambas
dependencias podrán enviar especialistas para prestar sus servicios en
prevención, salud pública, atención y telementoría en unidades o instituciones
de salud, y podrán proponer y poner a disposición espacios anuales para la
formación de especialistas médicos.
Ambas
naciones también sostendrán acuerdos en materia de medicinas y vacunas;
investigación científica y cualquier otra área que acuerden por escrito.
Sobre medicinas
y vacunas, el documento precisa que conforme a sus necesidades y de acuerdo con
los procedimientos jurídicos correspondientes, ambos países podrán adquirir
medicamentos, vacunas y toda clase de equipo médico de manufactura.
En cuanto a
investigación científica, refiere que las dos naciones constituirán un comité
técnico-regulatorio para desarrollar acciones conjuntas.
Entre las
áreas que se tienen en proyecto, se analiza la viabilidad de desarrollar un
programa integral de atención a pacientes diabéticos, cuyas especificaciones,
de ser el caso, se detallarán en el proyecto específico de cooperación
correspondiente.
La
información que intercambien ambas naciones en el marco del acuerdo no podrá
ser publicada o transferida sin la previa autorización por escrito, de quien la
proporcionó.
El acuerdo
también especifica las áreas de competencia, proyectos específicos de
cooperación, financiamiento, propiedad intelectual, protección de la
información, autoridades coordinadoras, relación laboral, solución de
controversias, entrada en vigor, duración y terminación.
Entró en
vigor a partir de la fecha de su firma y tiene vigencia de dos años. Podrá
modificarse por mutuo consentimiento, a través de comunicaciones escritas,
especificando la fecha en que tales modificaciones entrarán en vigor; o podrá
darse por terminado en cualquier momento, mediante notificación escrita
dirigida con noventa días de antelación.