Un triunfo sin precedentes en México afiliar al IMSS a 2.3 millones de Personas Trabajadoras del Hogar: Zoé Robledo
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Viernes 28 de Octubre de 2022 5:39 pm
+ -Contarán con los cinco seguros que la ley contempla: Enfermedades y Maternidad; Riesgos de Trabajo; Invalidez y Vida; Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez; y Guarderías y Prestaciones Sociales
El director general del
Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo, afirmó que es “un
triunfo sin precedentes” en México la reforma a la Ley de Seguro Social que
establece la obligación de los empleadores de afiliar al Instituto a las
Personas Trabajadoras del Hogar, que en el país son alrededor de 2.3 millones
de mujeres y hombres.
“Con esta aprobación se
concluye el proceso legislativo por parte de Congreso de la Unión y se enviará
al presidente de la República para su publicación. La reforma reconoce el
trabajo del hogar y se dignifica una actividad productiva que había estado
siempre poco valorada”, aseguró el titular del IMSS.
Explicó que con esta
nueva regulación se va a permitir un aseguramiento más flexible, simplificado y
obligatorio para todas las empleadoras y empleadores; con este mandato de ley
las Personas Trabajadoras del Hogar tendrán acceso a los cinco seguros que la
ley contempla: Enfermedades y Maternidad; Riesgos de Trabajo; Invalidez y Vida;
Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez; y Guarderías y Prestaciones
Sociales.
Zoé Robledo precisó que
los trabajadores del hogar contarán con atención médica, farmacéutica y
hospitalaria; pago de incapacidades por enfermedad o riesgos de trabajo;
generar ahorro para su retiro o una pensión en caso de invalidez, para el
asegurado y sus beneficiarios legales; así como el acceso a estancias
infantiles y actividades de esparcimiento.
Indicó que la reforma
aprobada ayer por la Cámara de Diputados establece un plazo de seis meses para
flexibilizar el trámite de afiliación. Éste podrá efectuarse de manera
presencial en las 133 subdelegaciones o en la página del IMSS, donde se encuentra
un micrositio con preguntas frecuentes, tutoriales, calculadora de cuotas y
acceso directo al trámite.
El director general del
IMSS recordó que en 2019, por sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación (SCJN), se implementó la prueba piloto para las personas trabajadoras
del hogar en México, con ello, el IMSS inició el aseguramiento.
Afirmó que la clave de
esta reforma es que las y los trabajadores del hogar cuenten con mecanismos
para hacerle saber al IMSS si hay alguna negativa por parte de sus empleadores
al aseguramiento. “No es un favor, es un ejercicio de derechos. Se parte de la
confianza de la gente y las cosas se tienen que hacer bien”.
En este sentido, detalló
que el Seguro Social cuenta con mecanismos como centrales telefónicas, la
página de internet donde se lleva a cabo el registro y también se trabaja para
habilitar un espacio donde las trabajadoras del hogar podrán hacer denuncias o
plantear negativas de aseguramiento.
Para realizar el trámite
por parte del empleador se necesita identificación oficial, CURP, comprobante
de domicilio, correo electrónico y datos de contacto. Por parte del trabajador:
identificación oficial, CURP, Número de Seguridad Social, comprobante de
domicilio, datos de contacto. Indicar el tipo de contratación: por mes completo
o por día de trabajo.
En ambos casos el
salario base de cotización será el monto que se le pague a la Persona
Trabajadora del Hogar, no pudiendo ser inferior al equivalente del salario
mínimo de la Ciudad de México del periodo de que se trate (diario o mensual) ni
superior al importe equivalente a 25 UMAS. Al ingresar la información, el
sistema calculará el importe de las cuotas de seguridad social a cubrir y
generará una línea de captura para el pago.
El pago del
aseguramiento deberá efectuarse a más tardar el día 20 de cada mes,
posteriormente se da el alta de la persona en el IMSS y el aseguramiento inicia
el primer día del mes inmediato posterior al del pago.
Cuando la persona
trabajadora del hogar acumule 20 días de trabajo en el periodo de un mes y el
importe de su ingreso mensual sea igual o superior al salario mínimo de la
Ciudad de México, se les otorgará el aseguramiento por el periodo completo.
Una vez que inicia, la
Persona Trabajadora del Hogar podrá registrarse en la clínica que les
corresponda y registrar también a sus beneficiarios: cónyuge, concubina o
concubinario; hijos hasta los 16 años, extensivo a los 25 años si estudian o de
manera indefinida si tienen alguna discapacidad; padres si dependen
económicamente de la trabajadora del hogar y habitan en el mismo domicilio.
Para recibir orientación
sobre este esquema, pueden llamar al 800 623 23 23 o visitar el micrositio www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar