Congreso garantiza educación con un enfoque intercultural y plurilingüe para niñas, niños y adolescentes indígenas y afromexicanos
Jueves 10 de Noviembre de 2022 12:31 pm
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Durante la última sesión ordinaria, las y los diputados que
integran la Sexagésima Legislatura del H. Congreso del Estado, aprobaron
adicionar el Artículo 58 Bis a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes del Estado de Colima, que tiene como finalidad establecer que las
niñas, niños y adolescentes indígenas y afromexicanos tengan el derecho a una
educación con un enfoque intercultural y plurilingüe, que valore sus lenguas
maternas y sus culturas, basándose en respeto, promoción, y preservación del
patrimonio histórico.
Presentado en tribuna por el diputado Alfredo Álvarez
Ramírez, de acuerdo con el dictamen elaborado por las comisiones de Estudios
Legislativos y Puntos Constitucionales, así como de Bienestar, Inclusión Social
y Equidad de Género, dicho artículo queda como sigue: “Las niñas, niños y
adolescentes indígenas y afromexicanas tienen derecho a una educación con un
enfoque intercultural y plurilingüe, que valore sus lenguas maternas y sus
culturas. Dicha educación se basará en el respeto, promoción y preservación del
patrimonio histórico y de nuestras culturas; y contribuirá al conocimiento,
aprendizaje, reconocimiento, valoración, preservación y desarrollo tanto de la
tradición oral y escrita indígena, como de las lenguas indígenas nacionales como
medio de comunicación, de enseñanza, objeto y fuente de conocimiento”.
De igual manera, plantea que “las autoridades educativas
estatales, municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias,
realizarán las acciones necesarias para garantizar el ingreso y permanencia de
las niñas, niños y adolescentes indígenas y afromexicanos en el Sistema
Educativo Estatal; y fortalecerán las escuelas, los centros educativos
integrales y albergues escolares indígenas, en materia de infraestructura
escolar, servicios básicos y conectividad”.
Finalmente, expone que impulsará “la formación de maestras y
maestros que hablen las lenguas de los alumnos y desarrollarán acciones
educativas que reconozcan la herencia cultural de los pueblos y comunidades
indígenas y afromexicanas; y promoverán la valoración de sus distintas formas
de producir, interpretar y transmitir el conocimiento, las culturas, saberes,
lenguajes y tecnologías, en los términos de lo dispuesto en el presente
capítulo, en la Ley de Educación del Estado de Colima y en las demás
disposiciones aplicables, así como en los artículos 2o y 3o. de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y los Tratados Internacionales".