SCJN invalida requisito para trabajar con menores en Nuevo León
Foto Internet
Martes 10 de Enero de 2023 6:38 pm
+ -El Pleno de la SCJN invalidó el requisito de no contar con antecedentes penales, establecido en la Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Infantil de Nuevo León
Al ser considerado como
anticonstitucional, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
(SCJN) invalidó el requisito de no contar con antecedentes penales, establecido
en la Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo
Infantil de Nuevo León, para laborar en los Centros de Atención de la Entidad.
La votación de este
asunto quedó pendiente el lunes pasado, ante la ausencia de la ministra Loretta
Ortiz Ahlf, quien no acudió a la sesión por motivos de salud, y cuyo voto, este
martes, permitió alcanzar la mayoría, con los ocho votos, para que se declare
inconstitucional cualquier norma ya en vigor.
El ministro ponente,
Javier Laynez Potisek, elaboró el proyecto de resolución de este asunto, a
partir de 14 precedentes similares, explicó en los que el Pleno del Máximo
Tribunal ha resuelto que este requisito, de no tener antecedentes penales, es
discriminatorio.
Además, se consideró que
la norma invalidada es contraria al objetivo de reinserción social, como lo
establece el artículo 18 de la Constitución, como un derecho para quienes han
purgado su sentencia en el sistema penitenciario.
Adicionalmente, el
legislador de Nuevo León omitió hacer una adecuada verificación de los cargos
en los que resultaría indispensable no contar con antecedentes penales y, en
especial, por delitos cuya comisión pudiera poner en peligro la seguridad de
las niñas, niños y adolescentes.
“Así, la generalidad del
requisito implicaba una prohibición absoluta y sobreinclusiva, la cual
reforzaba la discriminación que viven las personas con antecedentes penales”,
resolvió el Pleno de la SCJN.