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Promueve Ignacio Peralta amparo contra juicio político



Jueves 19 de Enero de 2023 12:31 pm

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El recurso fue admitido en el Juzgado Primero de Distrito, pero no se dictó suspensión provisional, porque no se solicitó


El ex gobernador Ignacio Peralta Sánchez promovió un amparo en contra de los actos que pudiera emprender en su contra la Comisión de Responsabilidades del Congreso del Estado. 
Tal recurso fue admitido por el Juzgado Primero de Distrito el pasado martes 17 de enero, aunque no ordenó ningún acto adicional a la autoridad demandada, como la suspensión provisional u otra medida. 
El ex mandatario colimense busca la protección de la justicia federal en contra de los posibles actos que deriven del proceso de juicio político que le sigue el Poder Legislativo. 
Desde el pasado 9 de diciembre, la Comisión de Responsabilidades del Congreso del Estado emplazó, vía edicto, al ex gobernador Ignacio Peralta Sánchez, para que se presente ante esa instancia y responda a la demanda de juicio político que interpuso en su contra la ex legisladora de Morena, Claudia Aguirre Luna.  
Esa modalidad jurídica de notificación se determinó luego de que el personal del Poder Legislativo no pudo localizar al ex mandatario colimense en ninguno de los tres domicilios que tiene registrados en el estado de Colima, incluyendo dos en la zona norte de la ciudad y uno más en el centro. 
Además, la Comisión de Responsabilidades concedió un plazo de 30 días a Ignacio Peralta Sánchez para que se presente, “rinda su informe, en el que conteste a la denuncia presentada en su contra por la Claudia Aguirre Luna, exprese lo que a su derecho convenga y ofrezca las pruebas que estime necesarias”. 
Este jueves 19 de enero, el Consejo de la Judicatura Federal divulgó, en su lista de acuerdos, la admisión en el Juzgado Primero de Distrito en Colima del amparo indirecto promovido desde el 13 de enero por Ignacio Peralta Sánchez en contra de la Comisión de Responsabilidades. 
En tal recurso legal, el ex titular del Poder Ejecutivo reclama la admisión y tramitación de juicios políticos, así como la violación a los artículos constitucionales 1, 14, 16, 17, 108, 109, fracción I y 110. 
La síntesis del acuerdo tomado por el Juzgado Primero de Distrito señala que “se admite la demanda de amparo, sin que se ordene la apertura del incidente de suspensión por no haberse solicitado expresamente”. 
Además otorga un plazo de 15 días para que las partes rindan un informe donde expongan las razones y fundamentos que estimen pertinentes para sostener la improcedencia del juicio y la constitucionalidad o legalidad del acto reclamado. 

Mario Alberto SOLÍS ESPINOSA



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