SCJN impide a FGR acceso a información bancaria sin orden judicial
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Miércoles 25 de Enero de 2023 7:26 pm
+ -La Corte determinó que es inconstitucional revisar la información bancaria de un detenido sin orden judicial
La Primera Sala de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Fiscalía General
de la República (FGR) no puede tener acceso a la información bancaria y
financiera, sin contar con la autorización previa de un juez.
El proyecto de la ministra
Margarita Ríos Farjat determinó, en definitiva, que es inconstitucional este
tipo de intervenciones, en la privacidad de una persona sujeta a investigación,
lo que fue aprobado por mayoría de cuatro votos contra uno.
Se resolvió la
inconstitucionalidad del artículo 142, fracción I, de la Ley de Instituciones
de Crédito (LIC), con el que los bancos estaban obligados a entregar información
al Ministerio Público Federal durante la investigación de un delito, con la
simple solicitud.
En la sesión de este
miércoles, la Primera Sala resolvió amparar a Peter Bauer Mengelberg López,
cuñado de José Luis Vargas Valdez, ex presidente del Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación (TEPJF), acusado de defraudación fiscal en
2019.
La investigación se basó
en una denuncia anónima, sobre los contratos que obtuvo su empresa, Consorcio
de Litigio Estratégico, por parte de la Comisión Federal de Telecomunicaciones,
hoy Instituto Federal de Telecomunicaciones, presuntamente de manera irregular.
Mengelberg López
denunció que la FGR basó sus acusaciones a partir de la revisión irregular de
sus movimientos bancarios, sin la autorización judicial correspondiente.
“Esta Primera Sala
concluye que el artículo 142, fracción I, de la Ley de Instituciones de
Crédito, vulnera el derecho a la privacidad, en su vertiente de secreto
bancario, porque permite al ministerio público solicitar información financiera
de una persona sujeta a investigación penal, a fin de comprobar la comisión de
un delito o la probable responsabilidad penal, sin someter su petición a
control judicial previo; lo que es contrario a lo establecido en el artículo 16
de la Constitución Política del país”, estableció el proyecto aprobado de la
ministra Ríos Farjat.