Desacatan diputados sentencia dictada por Juzgado Segundo de Distrito
Viernes 10 de Febrero de 2023 7:32 am
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El diputado de Movimiento Ciudadano, Ignacio Vizcaíno Ramírez, realizó un posicionamiento en el que dio a conocer la omisión legislativa a una sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Distrito con sede en Colima, donde un ciudadano reclamó a la justicia federal el por qué el Congreso de Colima no ha legislado para garantizar el derecho a guarderías para las y los trabajadores del Estado, Ayuntamientos y Organismos Públicos Descentralizados.
“Subo a esta máxima tribuna del Estado, para expresar mi preocupación ante la omisión legislativa que todos nosotros, diputadas y diputados, hemos incurrido, sin conocimiento, y que aqueja a todas y todos los trabajadores al servicio del Gobierno del Estado, Ayuntamientos y Organismos Públicos Descentralizados.
Dijo que el 18 de noviembre de 2021, este órgano juzgador emitió su resolución, protegiendo y amparando al ciudadano, y obligando al Congreso del Estado a lo siguiente:
“Efectos de la concesión de amparo. Con fundamento en el artículo 77, fracción I, de la Ley de Amparo, los efectos de la concesión constitucional son para que el Congreso del Estado de Colima, inicie el proceso legislativo, mediante la presentación de la Iniciativa de Ley a través de quien designe el presidente de esa Legislatura, para que:
1) En la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Colima, se prevea lo concerniente al servicio de seguridad social de guarderías infantiles, conforme a lo establecido en los artículos 123, apartado B, fracción XI, inciso C, y 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2) Se prevea la creación de la institución correspondiente, asignando una partida presupuestal para su operación y funcionamiento y defina sus obligaciones y facultades legales, así como los requisitos necesarios para la prestación de su servicio correspondiente.”
Por lo que, dijo, esta sentencia obliga a la actual Legislatura, a actuar de manera inmediata a legislar y garantizar este derecho de guarderías infantiles para las y los trabajadores al servicios del Gobierno del Estado, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados, previendo la creación de una institución, su operación y dotando de presupuesto suficiente para su funcionamiento, por ser esto un mandato Constitucional y “pues debe tenerse en cuenta que la Constitución no obra con permiso de las leyes, sino que las leyes obran con permiso de la Constitución; de ahí que la eficacia de ésta no puede encontrarse a expensas de la discrecionalidad o voluntad de los órganos legislativos ordinarios”.