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SCJN alista análisis del acuerdo de AMLO sobre Fuerzas Armadas en las calles



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Sábado 20 de Mayo de 2023 7:54 pm

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La ministra Margarita Ríos Farjat estará a cargo del asunto que permita a las Fuerzas Armadas realizar labores de seguridad pública en un periodo no máximo a 5 años


La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisará la próxima semana otro de los acuerdos emitidos por el presidente Andrés Manuel López Obrador, en lo que va de su gobierno, referente a las labores de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública.

En la agenda de asuntos, el pleno tiene previsto analizar la controversia constitucional promovida por el exgobernador Michoacán, el perredista, Silvano Aureoles Conejo, y los municipios de Colima capital y Arteaga, Aguascalientes, en la que demandan las invalidez del “Acuerdo por el que se dispone de la Fuerza Armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria”.

El asunto está a cargo de la ministra Margarita Ríos Farjat, quien someterá al pleno un proyecto de resolución sobre el tema.

En mayo de 2020, el presidente Andrés Manuel López Obrador publicó en el Diario Oficial de la Federación un acuerdo en el que ordenó a las Fuerzas Armadas realizar labores de seguridad pública en un periodo que no excediera los 5 años, mientras la Guardia Nacional, a cargo de la seguridad pública, desarrolla su estructura, capacidades y despliegue territorial.

“Sin embargo, el año pasado la mayoría morenista, sus aliados del PT, Verde Ecologista, además del PRI, reformaron en el Congreso de la Unión el artículo 5 del decreto en materia de Guardia Nacional”, en vigor desde 2019, para extender hasta 2028 la presencia del Ejército y de la Marina Armada en las calles.

Según el acuerdo, las Fuerzas Armadas permanente realizará tareas de seguridad pública con su organización y medios, y deberá capacitarse en la doctrina policial civil establecida en el artículo 21 de la Constitución.

“Las acciones que lleve a cabo la Fuerza Armada permanente, en ningún caso tendrán por objeto sustituir a las autoridades civiles de otros órdenes de gobierno en el cumplimiento de sus competencias o eximir a dichas autoridades de sus responsabilidades”.

El Universal



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