SAT no podrá verificar identidad de personas físicas a petición de empresas
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Lunes 29 de Mayo de 2023 7:01 pm
+ -El SAT dejará de verificar la identidad de las personas físicas, a solicitud de cualquier empresa privada que lo solicite, al considerarse una violación a la privacidad de los datos personales, resolvió el Pleno de la SCJN
El Servicio
de Administración Tributaria (SAT) dejará de verificar la identidad de las
personas físicas, a solicitud de cualquier empresa privada que lo solicite, al
considerarse una violación a la privacidad de los datos personales, resolvió el
Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Por una
mayoría de ocho votos, se declaró la inconstitucionalidad de una porción del
artículo 17-F, del Código Fiscal de la Federación (CFF), que disponía:
“Los
particulares que determinen el uso de la firma electrónica avanzada como medio
de autenticación o firmado de documentos digitales, podrán solicitar al SAT que
preste el servicio de verificación y autenticación de los certificados de
firmas electrónicas avanzadas, así como el de la verificación de identidad de
los usuarios”.
La resolución
invalidó la porción: “así como el de la verificación de identidad de los
usuarios”, al considerar que, con esta facultad, el SAT violaba los derechos de
privacidad y la protección de datos personales de los contribuyentes, al
disponer de la información en beneficio de terceros, sin su autorización.
“Se subraya
que este servicio se presta sin mediar consentimiento de los titulares de esa
información, ni condicionarse en su uso para la realización de fines legales
legítimos”, expuso el ministro ponente, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, en su
proyecto.
Este
mecanismo facultaba a cualquier empresa solicitar al SAT la verificación de la
firma electrónica del contribuyente, comparándola con la de su base de datos,
lo que incluía la información biométrica del causante.
“Se tendría
que interpretar que la norma no es una habilitación desmedida para que la
autoridad certificadora, el SAT, pudiera entregar información personal o datos
biométricos de nadie a terceros”, expuso el ministro Luis María Aguilar Morales,
al votar por la inconstitucionalidad de la norma impugnada.
“El servicio
de verificación está relacionado directamente con el manejo de datos
biométricos sensibles, y la norma no tiene elementos suficientes para impedir
que se revelen a terceros sin consentimiento del titular”, consideró la
ministra presidenta de la Corte, Norma Lucía Piña Hernández.