SCJN invalida segunda parte del paquete de reformas político-electorales 2022-2023, por violaciones al procedimiento legislativo
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Jueves 22 de Junio de 2023 5:53 pm
+ -El pleno determinó que el Congreso de la Unión trasgredió los artículos 71 y 72 de la Constitución Federal, relacionados con el principio de deliberación democrática
El Pleno de
la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por mayoría de 9 votos, invalidó el
Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de
la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General
de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación,
y se expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, publicado
el 2 de marzo de 2023.
La Corte
resolvió que existieron múltiples violaciones graves al procedimiento
legislativo y que, conforme a la jurisprudencia del propio Tribunal, invalidan
dicho procedimiento:
1.
Las iniciativas del denominado Plan B fueron
presentadas a discusión y aprobación sin que fueran publicadas previo al inicio
de la sesión, para que todos los legisladores tuvieran oportunidad de
conocerlas, tal como lo señala el Reglamento de la Cámara de Diputados.
2.
Estas iniciativas comprenden seis leyes y más de 510
artículos adicionados, reformados o modificados.
3.
Las iniciativas fueron clasificadas como urgentes por
la mayoría sin dar razón alguna, lo que significa que ni siquiera fueron
dictaminadas en comisiones, por lo que se procedió a su discusión y aprobación
inmediata, a pesar de su extensión y complejidad. Ello a pesar de las
reiteradas peticiones de las minorías para permitir previamente conocer el
contenido de los Decretos y así proceder a un debate serio.
4.
Tanto la Cámara de Diputados como el Senado de la
República discutieron y eliminaron indebidamente artículos del proyecto de
decreto cuyo texto ya había sido aprobado por ambas Cámaras. Una de las reglas
constitucionales específicas del procedimiento legislativo prohíbe tajantemente
a las Cámaras del Congreso de la Unión alterar en modo alguno los artículos o
disposiciones de los proyectos de ley o decreto, que ya hubieran sido aprobados
previamente por ambas.
5.
Las Comisiones Unidas del Senado de la República
omitieron sesionar y aprobar su dictamen de manera conjunta. Asimismo, tampoco
cumplieron con las reglas de votación previamente establecidas.
Al declararse
la invalidez del Decreto impugnado, el Pleno determinó que a fin de preservar
el principio de certeza que rige en materia electoral, las normas que se habían
reformado a través de dicho Decreto recuperarán su vigencia con el texto que
tenían hasta antes de la entrada en vigor de aquel, es decir, al 2 de marzo de
2023.
La Suprema
Corte ha sostenido, desde hace más de 15 años y en más de 30 ocasiones, que el
procedimiento legislativo definido en la Ley Fundamental es la base del régimen
democrático y no un mero formalismo, ya que exige que el órgano legislativo
observe y proteja los principios de legalidad, representatividad y democracia
deliberativa.