SCJN elimina restricciones a la renta de vientres en Tabasco
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Martes 15 de Agosto de 2023 9:23 pm
+ -La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó con efectos generales, tres artículos que limitaban la maternidad subrogada, llamada renta de vientres, en el estado de Tabasco
El Pleno de
la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó con efectos
generales, tres artículos que limitaban la maternidad subrogada, llamada renta
de vientres, en el estado de Tabasco.
La resolución
se tomó tras el análisis a la solicitud de la Primera Sala del órgano judicial
para emitir una declaratoria general de inconstitucionalidad en este asunto,
luego de que se venció el plazo para que el Congreso de Tabasco corrigiera la
legislación.
Este asunto
se abordó, en la Primera Sala, el 8 de diciembre de 2021, en una sesión en la
que se concedió un amparo y se determinó que los artículos impugnados eran
inconstitucionales.
Esa
normatividad regulaba diversos procesos y condiciones relacionados con las
mujeres que iban a alquilar su vientre para la gestación, lo que la Sala
consideró que era parte de la regulación sustantiva o técnica que debe regir en
el ámbito nacional, por tratarse de procedimientos de reproducción asistida.
En esa
ocasión el asunto se resolvió con cuatro votos, por lo que se convirtió en
jurisprudencia por precedente obligatorio; sin embargo, el Congreso tabasqueño
no realizó los cambios en el plazo ordenado por la Corte.
“La tercera
porción normativa, por la que se impone un rango de edad para estar en
posibilidad de convertirse en madre mediante un procedimiento de reproducción
asistida, no constituye una medida que se encuentra encaminada a satisfacer un
propósito constitucional imperioso, sino que contraviene directamente el
mandato constitucional sobre la libertad y autonomía reproductiva, previsto en
el artículo cuarto de la Constitución”, explicó en la sesión de este martes el
ministro ponente Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.