SCJN permite al Pleno del INAI sesionar con menos de cinco comisionados
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Lunes 02 de Octubre de 2023 6:43 pm
+ -“Siempre que lo haga de manera colegiada y conforme a los principios previstos en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública”
El Pleno de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación (SCJN) ha dado una resolución a favor del Instituto
Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos
Personales (INAI), declarando la inconstitucionalidad de la omisión del Senado
de la República en la designación de comisionados para el mencionado Instituto.
Esta determinación surgió del análisis de una impugnación presentada por el
INAI, que señalaba la omisión como una violación a una facultad de ejercicio
obligatorio por parte de la Cámara de Senadores, respecto a la designación de
tres vacantes de comisionados.
Entre las consideraciones generales
que respaldaron esta resolución se encuentra la previsión constitucional que
mandata a la integración del órgano garante de la transparencia con siete
comisionados. Asimismo, se resaltó que, derivado de una interpretación de la
Constitución Federal y de la Ley General de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, el Senado tiene un plazo de 60 días previos a la
generación de una vacante para hacer el nombramiento correspondiente, plazo que
ha sido excedido. La falta de estas designaciones ha interferido en la adecuada
integración y funcionamiento del INAI, afectando su autonomía.
En vista de lo anterior, la Corte ha
autorizado al Pleno del INAI para que, de manera provisional, pueda sesionar
con menos de cinco personas comisionadas presentes, siempre que lo haga de
manera colegiada y conforme a los principios previstos en la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública. Además, podrán resolver por
mayoría simple, y en caso necesario, con el voto de calidad de quien ocupe la
presidencia del INAI.
Asimismo, se ordenó al Senado de la
República que, dentro del actual periodo ordinario de sesiones, proceda con la
votación para designar a las personas comisionadas que llenarán las vacantes,
específicamente las dejadas por los comisionados Rosendoevgueni Monterrey
Chepov y Francisco Javier Acuña Llamas.
Esta resolución se dictó en la
controversia constitucional 280/2023, promovida por el INAI en contra de la
Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, demandando la invalidez de la
omisión de la designación de los comisionados, conforme al artículo 6°
constitucional. El Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá fungió como
ponente en esta resolución, con el apoyo secretarial de Daniela Carrasco Berge
y Juan Carlos Salamanca Vázquez.