TEPJF revoca acuerdo de acciones afirmativas para candidaturas al Congreso
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Miércoles 15 de Noviembre de 2023 5:41 pm
+ -Se presentaron más de 100 impugnaciones contra el acuerdo del INE que determina el número de fórmulas de mayoría relativa y representación proporcional que deberán postular los partidos con base en acciones afirmativas
Por considerar que es un acuerdo
regresivo, el pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral revocó la
determinación del INE por la que estableció las acciones afirmativas para las candidaturas
a la Cámara de Diputados y el Senado en el proceso electoral de 2024.
Se presentaron más de 100
impugnaciones contra el acuerdo del INE que determina el número de fórmulas de
mayoría relativa y representación proporcional que deberán postular los
partidos con base en acciones afirmativas.
Además, ordenó que se recobre la
vigencia del modelo de acciones afirmativas implementado en el proceso
electoral 2020-2021.
Al respecto, el magistrado Felipe de
la Mata señaló que en el caso de la postulación de las candidaturas indígenas,
el sistema de bloques propuesto por el INE privilegia la discrecionalidad de
los partidos, y garantiza que sólo 6 fórmulas sean postuladas en bloques de
alta concentración de población indígena y de votación.
“La regulación es ambigua, porque en
2021 se señaló un número específico de postulaciones por grupos: tres
afrodescendientes, seis personas con discapacidad y dos personas de la
diversidad sexual y de género. Ya no hay un número específico, sólo se prevé
como regla postular mínimo una candidatura de cada grupo en situación de
desventaja”, expuso.
“La regulación es nuevamente
regresiva, genera incertidumbre en la postulación ante la falta de señalamiento
puntual respecto del número de candidaturas concretas que se deben postular con
cada grupo en situación de desventaja, y genera una especie de bolsa, donde
cada todos los grupos compiten entre sí para salir premiados con una
candidatura”, apuntó el magistrado.
La magistrada Janine Otálora explicó
que el sistema de franjas aprobado por el INE es totalmente regresivo si se
compara con el modelo que el Instituto implementó en 2021, en el cual los
partidos políticos estaban obligados a postular personas indígenas en los
primeros diez lugares de cada circunscripción, disponiendo además de un número
específico de postulaciones para cada circunscripción electoral a partir
justamente de la densidad poblacional.
“No pasó por alto que el INE aumentó
a 12 las postulaciones de representación proporcional para este grupo, respecto
de las nueve postulaciones que ya se habían planteado. Sin embargo, con el
sistema de franjas se está permitiendo que los partidos políticos cuenten con
escenarios en los cuales reduzcan las posibilidades reales de las personas
indígenas de integrar la Cámara Baja por la vía plurinominal; esto por medios
de estrategias en las que utilicen sus postulaciones de las últimas franjas en
aquellas circunscripciones donde tienen menor cantidad de votos, y por ende,
una menor asignación de escaños”, advirtió.