Diputados avalan reforma para castigar violencia vicaria hasta con 5 años de prisión
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Miércoles 29 de Noviembre de 2023 7:12 pm
+ -Al tipificar el delito de violencia a través de interpósita persona, se establece que esta será causal de divorcio, de pérdida de patria potestad y de suspensión del régimen de visitas y convivencia
El pleno de la Cámara de Diputados,
aprobó, por unanimidad de 452 votos a favor, una reforma para castigar con
cárcel a quien utilice a los hijos para ejercer violencia sobre las mujeres,
flagelo que se define como violencia vicaria.
Las reformas a la Ley General de
Acceso de las Mujeres a una Vida de Libre de Violencia, al Código Civil y al
Código Penal Federal, castiga la violencia contra las mujeres ejercida a través
de interpósita persona, y establece sanciones que van desde los ocho meses
hasta los cinco años con tres meses de prisión.
“Hoy, la ropa sucia no se lava en
casa, debemos de enseñarnos a no callar, sino a denunciar; no más mujeres
sumisas. Paremos en seco, la violencia vicaria debe ser visibilizada, porque
utiliza a las hijas e hijos como instrumentos para dañar a la mujer, con el
único fin de causar dolor, angustia y desesperación. Este tipo de violencia
debe ser detectada, prevenida, atendida, sancionada y erradicada. Es una forma
de violencia muy cruel, lastima mucho y es, la revancha más ruin y más
miserable”, señaló la diputada del PVEM, Rocío Corona Nakamura.
Al tipificar el delito de violencia a
través de interpósita persona, se establece que esta será causal de divorcio,
de pérdida de patria potestad y de suspensión del régimen de visitas y
convivencia.
Asimismo, que la autoridad competente
recupere inmediatamente a las hijas e hijos sustraídos, retenidos u ocultados y
los entregue a la madre; los proteja con medidas precautorias y meta a la
cárcel de 8 meses hasta 5 años y 3 meses al agresor.
La reforma define a la “violencia
vicaria” como la acción u omisión cometida en contra de una mujer, por la
persona con la que tenga o haya tenido una relación de matrimonio, concubinato
o relación de hecho, con la intención de causarle cualquier tipo de daño o
sufrimiento, separarla de sus hijas e hijos y causar desapego en el vínculo
materno-filial, utilizando la violencia.
Incurre en violencia vicaria quien
sustraiga, retenga, oculte, maltrate, amenace, ponga en peligro la integridad y
salud, violente física, económica, psicológica o sexualmente a las hijas e
hijos de las mujeres.
También quien interponga
procedimientos judiciales falsos o conductas procesales dilatorias para impedir
la convivencia o guarda y custodia con el propósito de dominar, someter,
manipular, controlar o agredir de manera física, verbal, psicológica,
patrimonial, económica o sexual a las mujeres e incluso provocar el suicidio,
feminicidio u homicidio de las madres y de sus hijas e hijos.
Con la nueva ley, el Ministerio
Público, las autoridades jurisdiccionales, y cualquier otra autoridad que
conozca de un asunto de violencia vicaria, en el ámbito de su competencia,
deberán realizar todos los actos necesarios para salvaguardar la integridad física
y psicológica de las mujeres, sus hijas e hijos, de manera inmediata.
Además, se establece la obligación
del Estado y gobiernos locales para establecer medidas y acciones para proteger
a las víctimas de violencia familiar y violencia vicaria, entre las que
destacan asesoría jurídica y tratamiento psicológico especializado y gratuito a
las víctimas.