Presidente del TEPJF propone desechar recursos de senadores contra restricciones del INE para su reelección
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Martes 26 de Diciembre de 2023 9:33 pm
+ -Reyes Rodríguez pide desechar, por improcedentes, las demandas de Nancy de la Sierra y Germán Martínez contra el artículo 9 de los Lineamientos del Instituto
El magistrado presidente del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Reyes Rodríguez
Mondragón propuso desechar, por improcedentes, las demandas de los senadores
Nancy de la Sierra Arámburo y Germán Martínez Cázares, contra el artículo 9 de
los Lineamientos del Instituto Nacional Electoral (INE) que en caso de
pretender la reelección legislativa consecutiva por una fuerza política
distinta, impone la presentación de una carta de renuncia a su grupo
parlamentario antes de la mitad del periodo inicial para el que se fue electo,
es decir el 31 de agosto de 2021.
Ambos senadores, en sus respectivas
impugnaciones, establecen que su separación del partido político que los
postuló originalmente se puede comprobar con el sentido de las votaciones en
las que han participado, además de que en septiembre y octubre de 2021, cada
uno de ellos notificó a la Mesa Directiva del Senado su decisión de integrarse
al Grupo Plural.
En su proyecto de resolución que
pondrá a discusión y votación de la Sala Superior del TEPJF, el magistrado
Rodríguez Mondragón destaca que no se ha consumado ninguna violación a sus
derechos, pues no está acreditado en los expedientes “que los inconformes hayan
pretendido registrarse como candidatos al Senado por la vía de la elección
consecutiva a través de una fuerza electoral distinta a las que los postularon
en la pasada elección, y que la autoridad electoral, con fundamento en la norma
que aquí cuestionan, les haya negado el registro”.
“Esta Sala Superior considera que las
personas actoras no cuentan con un interés jurídico que justifique el análisis
de fondo de sus planteamientos, ya que de sus manifestaciones y de las
constancias que obran en autos, no se acredita que la autoridad electoral
hubiera aplicado en su perjuicio el precepto cuya constitucionalidad e
interpretación proponen en sus demandas”, indica.
Por tales motivos, subraya el
resolutivo propuesto, “se desechan de plano todas las demandas”.