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Declara gobierno Área Natural Protegida la zona de Canoas



Comprende municipios de Manzanillo, Coquimatlán y Minatitlán

Martes 09 de Enero de 2024 7:28 am

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El Gobierno Federal declaró Área Natural Protegida, con la categoría de protección de flora y fauna, la región Canoas, que se ubica en los municipios de Manzanillo, Coquimatlán y Minatitlán, con una extensión superior a las 20 mil hectáreas.

Tal decreto fue publicado ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF), donde se explica que luego de un estudio, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) determinó que Canoas reúne los requisitos para ser declarado Área Natural Protegida.

El documento menciona que la región de Canoas alberga y salvaguarda más de mil especies nativas, de las cuales 286 son endémicas y 55 se enlistan en alguna categoría de riesgo, además de 12 especies prioritarias para la conservación en México.

Añade que en esa zona se han registrado problemáticas que amenazan la conservación de los bosques y selvas, como la deforestación, la cual se encuentra relacionada al cambio de uso de suelo por actividades como la ganadería, la agricultura y la expansión urbana.

También se han detectado saqueos clandestinos de minerales, “lo que podría derivar en la remoción de vegetación original, contaminación de agua y la fragmentación del hábitat; la introducción de especies exóticas y exóticas invasoras que pueden desplazar o eliminar a las especies nativas”.

Con la declaratoria de Área Natural Protegida, en la zona de Canoas sólo podrán realizarse actividades de investigación y colecta científicas, monitoreo del ambiente, educación ambiental, turismo de bajo impacto ambiental, así como restauración de ecosistemas y reintroducción o repoblación de vida silvestre.

Por el contrario, queda prohibido verter cualquier tipo de desechos orgánicos o residuos sólidos, las actividades cinegéticas, la extracción de monte o cubierta vegetal, las actividades ganaderas, agrícolas y de aprovechamiento forestal, el cambio de uso de suelo y el uso de explosivos.

También las obras y trabajos de exploración, explotación y beneficio de los minerales o sustancias; la disposición final de los residuos mineros y residuos metalúrgicos, la apertura de bancos de material, además de la extracción de material pétreo o materiales para construcción.

En sus artículos transitorios precisa que los permisos, autorizaciones o concesiones otorgados con anterioridad a la entrada en vigor del decreto, para realizar actividades dentro del área de protección de flora y fauna Canoas, deben continuar vigentes, hasta que dejen de surtir efectos los títulos correspondientes.

Mario Alberto SOLÍS ESPINOSA



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