Difunde INE reglas establecidas para la Intercampaña
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Miércoles 17 de Enero de 2024 7:59 pm
+ -Se busca asegurar la equidad en la contienda comicial
Con la conclusión de las precampañas,
en el marco del Proceso Electoral Federal (PEF) 2023-2024, inicia el periodo conocido
como Intercampaña (del 19 de enero al
próximo 29 de febrero), un espacio para que los partidos políticos, de
cara a la Jornada Electoral del próximo 2 de junio, resuelvan posibles
diferencias sobre la selección interna de sus candidatas y candidatos a los
diferentes cargos de elección popular, así como para permitirle a esta
autoridad electoral revisar el cumplimiento de requisitos de las solicitudes de
registro de las postulaciones.
Durante este lapso, las personas
aspirantes no podrán aparecer en spots, debates o mesas redondas o de análisis
de radio y televisión, en donde esté presente más de una o un candidato. Del
mismo modo, el contenido de su propaganda comicial sólo puede tener un carácter
informativo.
Cabe aclarar que sí se permite la difusión
de propaganda política, la cual tiene como finalidad presentar la ideología,
principios, valores o programas de un partido político en general, para
generar, transformar o confirmar opiniones a favor de ideas y creencias; o
bien, invitar a la ciudadanía a formar parte del mismo, con el objeto de
promover su participación en la vida democrática del país o incrementar el
número de sus afiliados.
Tal circunstancia implica que este
tipo de publicidad esté focalizada en la imagen del partido político y en sus
postulados esenciales, contenidos en sus documentos básicos, como la
Declaración de Principios y el Programa de Acción, así como la manifestación de
ideas o críticas propias del contexto político para propiciar el debate en esta
materia.
De igual forma, en los promocionales
de radio y televisión es válido que se incluyan referencias a temas de interés
general y con carácter informativo, siempre y cuando no se haga uso explícito
de llamados a votar, a favor o en contra, o referencias expresas a candidaturas
y la plataforma electoral del partido político que difunde el promocional.
También es pertinente resaltar que la
alusión genérica al cambio o continuidad de una política pública no supone una
afectación grave o irreparable al principio de equidad en la contienda
electoral, en tanto que no es un llamamiento al voto.
De igual forma se permite la difusión
de cuestionamientos o logros de la actividad gubernamental. En tal caso, el
promocional no debe hacer mención ni identificar a una candidatura o partido
político, a fin de posicionarlo de forma negativa o positiva.
Actos
anticipados de campaña durante la Intercampaña
Para que una acción constituya un
acto anticipado de campaña, se deben colmar tres requisitos:
· Un elemento
personal: que los realicen los partidos políticos, así como sus militantes,
aspirantes, precandidatos o candidatos;
· Un elemento
temporal: que acontezcan antes, durante o después del procedimiento interno de
selección de candidatos y previamente al registro constitucional de candidaturas;
· Un elemento
subjetivo: que tengan el propósito fundamental de presentar la plataforma de un
partido político o coalición, o promover una candidatura para obtener el
sufragio de la ciudadanía en la Jornada Electoral.
Los programas
de opinión y las mesas de análisis político en la Intercampaña
Durante este periodo, la libertad de
expresión de las y los precandidatos, así como de las candidaturas, al igual
que el derecho de los medios de comunicación para ejercer su labor periodística
al realizar entrevistas, están salvaguardados en todo momento.
Los medios de comunicación podrán
realizar entrevistas y difundir piezas noticiosas sobre los partidos políticos,
coaliciones, precandidaturas y candidaturas postuladas, con respeto absoluto a
la equidad y a las disposiciones sobre la compra o adquisición de tiempo aire
en la radio y la televisión.
De igual forma, de acuerdo con
criterios del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, las
precandidaturas o candidaturas pueden asistir a actos privados y reuniones en
los que expongan temas generales y de interés público, siempre que no llamen al
voto ni se incurra en actos anticipados de campaña.