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Invalida SCJN la nueva Ley de Asentamientos Humanos



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Miércoles 06 de Marzo de 2024 7:13 am

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Los ministros de la Corte consideraron parcialmente fundadas las violaciones al proceso legislativo, al corroborar que el municipio de Comala no fue consultado


La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, aprobada por el Congreso del Estado en diciembre de 2022.

Lo anterior, al resolver la Controversia Constitucional que presentó el municipio de Comala, cuyas autoridades señalaron violaciones al proceso legislativo que finalizó con la aprobación de la nueva normatividad.

Dicho municipio argumentó que nunca fue consultado por los diputados integrantes del Congreso de Estado, a pesar de que la legislación en materia de asentamientos humanos tiene un impacto en esa demarcación.

Por ese motivo, el Ayuntamiento de Comala solicitó, en la Controversia Constitucional presentada, la invalidez del decreto mediante el cual se publicó la norma impugnada.

Al respecto, los ministros de la Corte consideraron parcialmente fundadas las violaciones al proceso legislativo, al corroborar que el municipio de Comala no fue consultado.

Señalaron que las seis sesiones de parlamento abierto que afirmaron realizar los diputados locales, no sustituye la obligatoria consulta a los municipios, cuando se trata de una ley que les impacta.

Destacaron que el proceso legislativo se encuentra viciado, lo que produce la invalidez de la ley. Además, destacaron la importancia que se debe dar a los debates legislativos.

Por lo anterior, la mayoría calificada de los ministros aprobó la invalidez del decreto por el que se emitió la Ley de Asentamientos Humanos, “dado que se debió consultar a los municipios, al tener un impacto presupuestal”.

En cuanto a los efectos de esta decisión, los ministros explicaron que tendrá efectos a partir de que las partes sean notificadas, además de que aplica la reviviscencia de las normas anteriores, es decir, que recobra vigencia la ley abrogada.

Sin embargo, los efectos dejan en claro que la invalidez de la Ley de Asentamientos Humanos aplica solamente para las partes actoras en esta Controversia Constitucional, lo que en este momento implica que sólo será para el municipio de Comala.

No obstante, los municipios de Colima y Cuauhtémoc también presentaron recursos contra la ley, por lo que eventualmente la Corte podría decidir en el mismo sentido.

Mario Alberto SOLÍS ESPINOSA



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