Cargando



Se anticipa un nuevo revés a Viridiana en Sala Superior



Foto Internet

Sábado 11 de Mayo de 2024 7:15 am

+ -

El proyecto de resolución propone declarar infundados los argumentos de la morenista

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) propondrá confirmar la inegibilidad de Viridiana Valencia Vargas para la Presidencia Municipal de Colima.

Así lo establece el proyecto de resolución elaborado por el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, mismo que ya fue publicado en el sitio oficial del máximo órgano jurisdiccional en materia electoral.

Tal documento deberá ser sometido a discusión y votación del resto de los integrantes de la Sala Superior del TEPJF, en sesión que probablemente se realizará el 15 de mayo.

El proyecto confirma la sentencia emitida por la Sala Regional Toluca de ese mismo organismo, en el juicio de revisión constitucional que interpuso Viridiana Valencia y su equipo jurídico.

Dicha instancia resolvió, desde el pasado 2 de mayo, la inegibilidad de la exdelegada federal para la Alcaldía capitalina, debido a que no cumple con el requisito de 3 años de residencia en el municipio.

En su recurso de reconsideración, la quejosa argumentó que el requisito de 3 años de residencia para quienes no nacieron en el municipio es inconstitucional, sin embargo, tal planteamiento se consideró infundado.

En su proyecto, el magistrado Felipe Mata señala que el test de constitucionalidad que realizó la Sala Toluca es conforme a derecho, es decir que la residencia de 3 años genera lazos de pertenencia con la comunidad.

Mencionó que el requisito diferenciado sobre la residencia para nativos y no nativos de un municipio que pretenden asumir un cargo de elección tiene como finalidad que los no nativos conozcan las necesidades de la comunidad, sus problemáticas y particularidades, de forma que cuenten con un sentido de pertenencia.

Respecto al argumento de que el Tribunal Electoral del Estado solicitó indebidamente los movimientos realizados por Viridiana Valencia ante el Instituto Nacional Electoral, el magistrado ponente consideró inoperante tal razonamiento, “pues se trata de cuestiones de mera legalidad”.

Subrayó que, por lo tanto, ese argumento no puede ser analizado en un recurso de reconsideración, el cual es un medio de impugnación extraordinario para dilucidar temas de constitucionalidad.

Por todo lo anterior, el magistrado Felipe Mata propone que se confirme la sentencia impugnada, es decir, la declaratoria de ilegibilidad para Viridiana Valencia Vargas.Se anticipa un nuevo revés a Viridiana en Sala Superior

*El proyecto de resolución propone declarar infundados los argumentos de la morenista

Mario Alberto SOLÍS ESPINOSA

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) propondrá confirmar la inegibilidad de Viridiana Valencia Vargas para la Presidencia Municipal de Colima.

Así lo establece el proyecto de resolución elaborado por el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, mismo que ya fue publicado en el sitio oficial del máximo órgano jurisdiccional en materia electoral.

Tal documento deberá ser sometido a discusión y votación del resto de los integrantes de la Sala Superior del TEPJF, en sesión que probablemente se realizará el 15 de mayo.

El proyecto confirma la sentencia emitida por la Sala Regional Toluca de ese mismo organismo, en el juicio de revisión constitucional que interpuso Viridiana Valencia y su equipo jurídico.

Dicha instancia resolvió, desde el pasado 2 de mayo, la inegibilidad de la exdelegada federal para la Alcaldía capitalina, debido a que no cumple con el requisito de 3 años de residencia en el municipio.

En su recurso de reconsideración, la quejosa argumentó que el requisito de 3 años de residencia para quienes no nacieron en el municipio es inconstitucional, sin embargo, tal planteamiento se consideró infundado.

En su proyecto, el magistrado Felipe Mata señala que el test de constitucionalidad que realizó la Sala Toluca es conforme a derecho, es decir que la residencia de 3 años genera lazos de pertenencia con la comunidad.

Mencionó que el requisito diferenciado sobre la residencia para nativos y no nativos de un municipio que pretenden asumir un cargo de elección tiene como finalidad que los no nativos conozcan las necesidades de la comunidad, sus problemáticas y particularidades, de forma que cuenten con un sentido de pertenencia.

Respecto al argumento de que el Tribunal Electoral del Estado solicitó indebidamente los movimientos realizados por Viridiana Valencia ante el Instituto Nacional Electoral, el magistrado ponente consideró inoperante tal razonamiento, “pues se trata de cuestiones de mera legalidad”.

Subrayó que, por lo tanto, ese argumento no puede ser analizado en un recurso de reconsideración, el cual es un medio de impugnación extraordinario para dilucidar temas de constitucionalidad.

Por todo lo anterior, el magistrado Felipe Mata propone que se confirme la sentencia impugnada, es decir, la declaratoria de ilegibilidad para Viridiana Valencia Vargas.

Mario Alberto Solís Espinosa



1853 Vistas