SCJN da 12 meses a FGR para investigar hechos de la “Guerra Sucia”
Foto Facebook Suprema Corte de Justicia de la Nación
Miércoles 12 de Junio de 2024 7:12 pm
+ -La SCJN resolvió otorgar un plazo de 12 meses a la FGR para determinar una averiguación previa, si se ejerce o no la acción penal, en relación con hechos ocurridos en la Guerra Sucia
La Suprema Corte de Justicia de la
Nación (SCJN) resolvió otorgar un plazo de 12 meses a la Fiscalía General de la
República (FGR) para determinar una averiguación previa, si se ejerce o no la
acción penal, en relación con hechos ocurridos en el periodo conocido como la
Guerra Sucia.
El proyecto elaborado por el ministro
Juan Luis González Alcántara Carrancá, aprobado con cuatro votos a favor,
concedió un amparo a favor de las quejosas, Juana, Rosa Elena e Irene Nava
Cabañas, y Flavia Cabañas Gómez, familiares del guerrillero guerrerense Lucio
Cabañas Barrientos.
Las quejosas denunciaron que fueron
detenidas, el 17 de enero de 1972 y el 18 de enero de 1973, por elementos del
servicio secreto, de la desaparecida Dirección Federal de Seguridad (DFS),
adscrita a la Secretaría de Gobernación, para ser sometidas a tormentos
psicológicos y tortura, además de delitos de lesa humanidad.
En 2002, la entonces Procuraduría
General de la República (PGR), a través de la Fiscalía Especial para
Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (FEMOSPP), abrió una averiguación
previa por estos hechos.
En enero de 2022, la FGR resolvió en
definitiva no ejercer acción penal del expediente que inició a partir de la
denuncia de las cuatro mujeres, con el argumento de que los delitos habían
prescrito, quedando sin efecto, lo que se notificó el 16 de febrero de ese año.
“La decisión de no ejercer acción
penal bajo el argumento de que, a los posibles crímenes de lesa humanidad
cometidos durante la ‘Guerra Sucia’, les son aplicables las figuras de
prescripción, atipicidad e irretroactividad se traduce en una transgresión al
derecho a la verdad”, planteó el ministro González Alcántara Carrancá en su
sentencia.
Lucio Cabañas fue un maestro, quien
egresó de la Escuela Normal Rural Raúl Isidro Burgos, de Ayotzinapa, y con el
tiempo asumió la dirigencia del Partido de los Pobres, en la sierra de
Guerrero, durante los años 70.
En la sentencia se establece que,
además de los 12 meses para resolver si se ejerce o no la acción penal a partir
de nuevos elementos encontrados, cada dos meses se deberá presentar un informe
al juez de amparo, sobre el avance de las investigaciones.
“No podrá decretarse el no ejercicio
de la acción penal si existen pruebas suficientes para acreditar que los hechos
denunciados se encuentran bajo la clasificación de lesa humanidad”, se
especificó en la sentencia.