Publican en DOF decreto por el que el Presidente podrá otorgar amnistía de manera directa
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Viernes 14 de Junio de 2024 9:12 pm
+ -El decreto entrará en vigor este sábado, al día siguiente al de su publicación
Este viernes 14 de junio se publicó
en el Diario Oficial de la Federación
(DOF) el decreto por el que se adiciona un artículo 9 a la Ley de Amnistía, con
lo que el Presidente de la República podrá otorgar el beneficio de la amnistía
de manera directa.
“Por determinación exclusiva de la
persona titular del Poder Ejecutivo Federal se podrá otorgar el beneficio de la
amnistía de manera directa, sin sujetarse al procedimiento establecido en este
ordenamiento”, indica.
En casos específicos se deben reunir
condiciones: “Que la amnistía se otorgue a personas que aporten elementos
comprobables que resulten útiles para conocer la verdad de los hechos en casos
que sean relevantes para el Estado Mexicano, y Que en contra de la persona o
personas a las que se conceda la amnistía, se haya ejercido la acción penal,
estén siendo procesados o se encuentren sentenciados por cualquier delito”.
“En los casos a que se refiere esta
disposición no será aplicable lo dispuesto en el artículo 2 de la presente Ley.
La amnistía concedida en términos de lo dispuesto por este artículo extinguirá
las acciones penales y las sanciones impuestas”, señala.
El decreto entrará en vigor este
sábado, al día siguiente al de su publicación y el Presidente podrá emitir los
acuerdos que considere necesarios para la aplicación de lo dispuesto.