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Asigna IEE Colima nueve diputaciones de representación proporcional a seis partidos políticos



Foto de Manolika Silva Rosales

Domingo 23 de Junio de 2024 2:03 pm

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Congreso del Estado estaría integrado por 17 mujeres y 8 hombres

Este domingo 23 de junio, durante la Trigésima Novena Sesión Extraordinaria del Proceso Electoral Local 2023-2024, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima (IEE), con base en los ordenamientos legales en materia electoral, asignó las nueve Diputaciones por el principio de Representación Proporcional (RP) a seis partidos políticos y entregó las respectivas constancias.


Conforme al acuerdo aprobado, el Órgano Superior de Dirección determinó el cómputo de la votación para la asignación de las nueve Diputaciones Locales, verificó la elegibilidad de las y los candidatos que formarán parte de la Sexagésima Primera Legislatura y declaró la validez de la elección respectiva.


Los partidos políticos que alcanzaron el 3% de la votación emitida y tuvieron derecho a participar en la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional son: Partido Acción Nacional (PAN), Partido Revolucionario Institucional (PRI), Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Partido del Trabajo (PT), Movimiento Ciudadano (MC), MORENA y Nueva Alianza Colima (NAC).


Sin embargo, el Partido del Trabajo, al haber obtenido tres diputaciones de mayoría relativa, que equivalen a un 12% de las curules, se encuentra al límite de la sobrerrepresentación, toda vez que su porcentaje de votación válida emitida es de 4.3851%, que al sumarle 8 puntos nos da un total de 12.3851%. Es así que su número de diputaciones no puede exceder de dicho porcentaje, por lo que no puede atribuírsele una diputación más por el principio de representación proporcional porque su representación en el Congreso del Estado equivaldría a 16%; porcentaje que excede el límite establecido.


Es así que de conformidad a lo dispuesto en el Código Electoral del Estado, se determinó el límite de sobrerrepresentación y subrepresentación a partir de la votación válida emitida, el cual se obtuvo sumando ocho puntos al porcentaje de votación válida emitida para obtener el primero de ellos y restando ocho puntos al referido porcentaje para obtener el segundo.


Las nueve curules por el principio de Representación Proporcional del Congreso del Estado de Colima, para el periodo 2024-2027, quedaron asignadas a seis partidos políticos de la siguiente manera:




Partido Político

Total de diputaciones por representación proporcional

Nombre de la persona candidata a diputación local por el principio de representación proporcional

Género

Partido Acción Nacional

2

Jesús Alberto Partida Valencia

Hombre

Amalia Castell Ibáñez

Mujer

Partido Revolucionario Institucional

2

Arnoldo Ochoa González

Hombre

Betzaida Luz Alondra Pinzón Carreto

Mujer

Partido Verde Ecologista de México

1

Jaime Enrique Sotelo García

Hombre

Movimiento Ciudadano

1

María Cristina Lupién Ventura

Mujer

MORENA

2

Dulce Asucena Huerta Araiza

Mujer

Julio César León Trujillo

Hombre

Partido Nueva Alianza Colima

1

Martha Elia Farías Ríos

Mujer

Total

9





Toda vez que de acuerdo a los resultados obtenidos en la elección de Diputaciones Locales por el principio de Mayoría Relativa, la ciudadanía colimense eligió a doce fórmulas compuestas por mujeres y cuatro por hombres; y de conformidad con el artículo 24 de los Lineamientos para garantizar el cumplimiento del principio de paridad de género aprobados por el Consejo General; no fue necesario llevar a cabo ajustes en cuanto a las asignaciones de diputaciones de representación proporcional en materia de género, toda vez que las mujeres no se encuentran subrepresentadas en la integración del Congreso del Estado, puesto que la integración se compondrá de 17 mujeres, que equivale a un 68%; y 8 hombres, representando un 32% de las curules.


En otro punto del orden del día, se hizo la entrega de las constancias a las y los diputados por el principio de Representación Proporcional y de aquellas en las que se expresa el Orden de Prelación conforme aparecieron en la lista de registro de candidatura a Diputaciones Locales por dicho principio. 


AGENCIAS



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