Tribunal ordena a Congreso de Zacatecas despenalizar el aborto
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Viernes 09 de Agosto de 2024 4:21 pm
+ -La penalización castiga con una pena de 4 meses a un año de prisión a la madre que voluntariamente procure o consienta un aborto
Un Tribunal Colegiado declaró
inconstitucional la penalización del aborto en Zacatecas, vigente desde 1986 en
el Código Penal local, que castiga con una pena de 4 meses a un año de prisión
a la madre que voluntariamente procure o consienta un aborto.
El Segundo Tribunal Colegiado del
Vigésimo Circuito dio la razón al Grupo de Información en Reproducción Elegida
(GIRE), quien interpuso un amparo contra los artículos 311, 312 y 313 del
Código Penal de Zacatecas, y ordenó al Congreso del estado derogar el delito de
aborto, toda vez que lo consideró violatorio a los derechos humanos.
En agosto del año pasado, el equipo
jurídico de GIRE tramitó un amparo contra el aborto ante un juez de amparo, que
lo sobreyesó por falta de interés legítimo de la asociación civil.
GIRE reclamó que la prohibición del
aborto auto procurado o consentido atenta contra el derecho a la igualdad y no discriminación
y, además, dijo, constituye una forma de violencia de género contra las mujeres
y otras personas con capacidad para gestar.
Ante ello, el Grupo de Información en
Reproducción Elegida (GIRE) interpuso un recurso de revisión que le tocó conocer
al Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo, mismo que declaró inconstitucional
el delito de aborto en Zacatecas.
“Este logro es parte de la estrategia
jurídica nacional impulsada por GIRE para que se elimine el delito de aborto de
todos los Códigos peales, y se reconozca y garantice como un servicio de salud
esencial al que las mujeres, hombres trans y personas no binaries gestantes
pueden recurrir para ejercer su autonomía reproductiva”, expresó la
organización respecto al fallo judicial, celebró GIRE.