Vehículos no motorizados no deben circular en banquetas: Movilidad Colima
Foto Gobierno del Estado
Martes 29 de Octubre de 2024 11:21 am
+ -Regulación de ciclistas y quienes utilizan scooters corresponde a los ayuntamientos, que deben adaptar sus normativas para alinearse con el Reglamento de Seguridad Vial, Tránsito y Movilidad del Estado
La Subsecretaría de Movilidad (Subsemov) del Gobierno del Estado de Colima, hace un llamado a todas las personas usuarias de vehículos no motorizados, como bicicletas, patinetas y patines eléctricos -conocidos como scooters-, para que respeten a las y los peatones, promoviendo así una convivencia segura y ordenada en las vialidades, tanto en avenidas, calles, andadores y banquetas.
Conforme a la Ley de Movilidad Sustentable para el Estado
de Colima, Subsemov impulsa campañas de educación vial para fomentar el uso
seguro de estos medios de transporte, de acuerdo a las atribuciones
establecidas en el artículo 17, fracción II de la ley, donde se estipula “la
obligación de fomentar e impulsar, así como ordenar y regular el desarrollo de
la movilidad urbana en el estado, priorizando siempre a peatones y medios de
transporte no motorizados”.
Asimismo, en el artículo 70, párrafo segundo, fracción I,
de la misma ley, se establece la importancia de una educación para la
movilidad, fomentando el respeto entre quienes comparten el espacio público.
Estas disposiciones reflejan el compromiso de la dependencia estatal por
construir una movilidad más inclusiva y responsable en Colima.
AMBITO
MUNICIPAL
La regulación de la conducta de ciclistas y quienes
utilizan scooters en el entorno urbano, corresponde a los ayuntamientos,
quienes deben adaptar sus normativas locales para alinear su regulación con el
Reglamento de Seguridad Vial, Tránsito y Movilidad del Estado de Colima.
Actualmente, sólo en los municipios de Villa de Álvarez y Tecomán (de manera
parcial) se han adecuado los reglamentos municipales, mientras la mayoría de
ayuntamientos todavía carece de una normativa específica para aplicar en estas
áreas.
Un aspecto fundamental para la seguridad vial establece que
únicamente ciclistas menores de doce años pueden circular en las banquetas; el
resto de personas usuarias de bicicletas deben desplazarse en el carril derecho
de la vía y preferiblemente ocupar el centro de dicho carril para reducir el
riesgo de hechos de tránsito, de acuerdo al artículo 13, fracción XX del
reglamento.
Con estos esfuerzos, el Gobierno del Estado de Colima, a través de la Subsecretaría de Movilidad, reitera su compromiso de construir un sistema de movilidad ordenado y seguro, invitando a todas las personas usuarias de la vía pública, a seguir las normas y a respetar a quienes comparten el espacio urbano, en bien de la comunidad.