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Propone el SNTE reforma para evitar mano negra



Foto cortesía

Miércoles 30 de Octubre de 2024 7:09 am

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El secretario general del sindicato, Alfonso Cepeda Salas, propuso una modificación a la Ley Federal del Trabajo para prohibir todo acto de injerencia en la vida interna de los sindicatos

El 14 de noviembre se realizará la elección de la Directiva Seccional de la Sección 6 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) en Colima, para la que se registraron el fin de semana pasado cinco planillas.

En mayo de 2019 se publicó la Reforma Laboral que incluyó en la Ley Federal del Trabajo el voto personal, libre, directo y secreto para la elección de los liderazgos sindicales.

Para reforzar esta reforma, en días pasados el secretario general del SNTE y senador por Morena, Alfonso Cepeda Salas, propuso una reforma adicional a las leyes Federal del Trabajo; Federal de Trabajadores al Servicio del Estado; y la General de Responsabilidades Administrativas.

La iniciativa señala que los “resabios del pasado” siguen presentes entre algunos servidores públicos, por lo que la propuesta establece parámetros para reforzar los parámetros de las tres leyes mencionadas.

En la iniciativa, el dirigente magisterial nacional, Alfonso Cepeda Salas, aseguró que es necesario reformar los ordenamientos para aclarar cuáles son las conductas no deseadas, para desalentar su comisión, así como imponer una sanción proporcional al daño causado que evite futuros actos “que extralimiten la normatividad a que están sujetas las personas servidoras públicas y al mandato explícito que se propone en la presente Iniciativa”, señala la iniciativa.

En específico, el líder nacional del SNTE propone adicionar dos párrafos al artículo 357 de la Ley Federal del Trabajo para ampliar el catálogo de lo que se considera “acto de injerencia”, lo que incluiría las acciones realizadas por las personas servidoras públicas tendientes a entorpecer el cabal y libre desarrollo de las elecciones sindicales, las condiciones de elegibilidad, la reelección y/o la destitución de la directiva.

El segundo párrafo incluye consignar que cualquier acto de injerencia por parte de las personas servidoras públicas realizado por sí o interpósita persona será considerada falta administrativa grave en los términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, sin perjuicio de las demás sanciones que les correspondan.

La propuesta adiciona, además, un Artículo 69 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional mismo que propone que los sindicatos gocen de adecuada protección contra todo acto de injerencia por parte de las y los titulares a que se refiere el Artículo 1o. de esta Ley o de cualquier persona servidora pública en su constitución, funcionamiento o administración También consigna los que serán considerados actos de injerencia las acciones o medidas tendientes a fomentar la constitución de organizaciones de trabajadores o a apoyarlas de cualquier forma con el fin de colocarlas bajo su control, así como las acciones realizadas por las personas servidoras públicas tendientes a entorpecer el cabal y libre desarrollo de las elecciones sindicales, las condiciones de elegibilidad y/o la destitución de la directiva.

Finalmente, la adición busca señalar expresamente que las prestaciones pactadas en las Condiciones Generales de Trabajo no serán consideradas como actos de injerencia; y mandatar que cualquier acto de injerencia será considerada falta administrativa grave en los términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

La iniciativa de reforma permitirá que procesos, como el de Colima, estén alejados de cualquier sombra de duda de injerencia y sancionar a quien viole estas disposiciones.

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REDACCIÓN



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