Deseable evitar una crisis constitucional
Jueves 31 de Octubre de 2024 11:05 am
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La reforma judicial aprobada por el congreso federal y una
amplia mayoría de los congresos locales ha sido impugnada por diversos actores
políticos, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Y como se ha
comentado anteriormente, se trata de una mala reforma, pues no ataca los
problemas de corrupción e impunidad que prevalecen en México y fue realizada
apresuradamente y con notorios descuidos.
Además de ineficiente, la elección popular de jueces, magistrados
y ministros, única en el mundo, equivoca el sentido de la función judicial, que
no es representar a la ciudadanía sino a la ley. Adicionalmente, los bajos
requisitos para los candidatos y el escaso tiempo para implementar la primera
versión, extraordinaria, de una elección judicial, politizan el resultado, pues
la elección popular será preconfigurada por las listas de candidatos, en manos
de comités dominados por Morena.
La interrogante que surge de la impugnación presentada a la
Corte es si una reforma a la constitución puede ser declarada inconstitucional,
ya sea por faltas de naturaleza procedimental en su proceso legislativo y/o por
el fondo de su contenido, que podría ir en contra de otros artículos de la
Constitución (como los que garantizan la protección de derechos humanos, por
ejemplo, o los que establecen la división de poderes autónomos, para garantizar
un mecanismo de control entre ellos, o los que comprometen al país a cumplir
con los tratados internacionales firmados.
Previo a que la Corte se pronuncie sobre esta cuestión,
varios jueces emitieron órdenes de suspensión en contra de la reforma, para
evitar que los preparativos de la primera elección extraordinaria de juzgadores
-prevista para junio de 2025- siga avanzando. Ante esas suspensiones, el
Congreso y la Presidenta han decidido desacatar a los representantes del poder
judicial, con el argumento de que éste no tiene autoridad para pronunciarse
sobre una reforma constitucional legítima. Y que la Corte misma, en última
instancia, no puede declarar inconstitucional a una norma que ya ha sido
incorporada a la constitución.
Para robustecer esa posición, una nueva reforma
constitucional presentada por Morena, y actualmente en acelerado proceso de
autorización, prohibiría expresamente a la Suprema Corte de Justicia valorar la
constitucionalidad de una reforma constitucional y combatiría el principio de
no retroactividad, para atajar la posibilidad de que las impugnaciones ya en
curso en contra de la reforma judicial prosperasen. Es muy probable que de
aprobarse esta nueva reforma también sea impugnada por diversas fuerzas
políticas, pues iría en contra de la función primordial de la Suprema Corte de
Justicia, establecida por la propia Constitución, que es la interpretación de
la Constitución, en última instancia.
Los poderes legislativos y Ejecutivo han señalado que no
acatarán una eventual decisión de la SCJN de invalidar todo o partes de las dos
reformas mencionadas. Después de la Corte ya no habría ninguna instancia con
autoridad para dirimir este diferendo entre poderes. Esta situación de
desacuerdo fundamental e irresoluble en la interpretación de las facultades y
alcances de cada autoridad y de la constitución misma constituye una crisis
constitucional.
Hace unos días, la Corte aceptó revisar las impugnaciones a
la reforma judicial ya aprobada. Este lunes se hizo público el proyecto de
sentencia que el pleno de la Corte votará la próxima semana. El ministro
proyectista, González Alcántara, argumenta que la Corte es competente para
conocer del tema impugnado en su parte referida a lo electoral (la elección de
jueces), que los que presentan lo hicieron en tiempo y forma (excepto por los
actores locales). Subraya que una norma general, por más que sea parte de la
constitución, no toma precedencia sobre ella, que al impugnar elementos
diversos de la reforma debe asumirse que la impugnan enteramente dado que se
trata de un sistema normativo indisoluble e interconectado, que la Corte no
está impedida para modificar los
criterios de interpretación sostenidos en sus precedentes, siempre que se
expliquen las razones. Centralmente, el proyecto encuentra inconstitucional e
improcedente la elección de juzgadores.
González Alcántara propone a la Corte “autocontención” para evitar que continúe la actual crisis constitucional. A partir de ese argumento propone no detener la elección popular de los ministros de la Corte, mediante el polémico esquema establecido en la reforma. Pero declara inconstitucional la elección de los otros miles de jueces y magistrados del país. El pleno de la Corte someterá a voto este proyecto la próxima semana y, para autorizarlo, se requerirá una mayoría calificada de ocho votos, del total de los once ministros que integran el pleno. No es claro cómo se definirá esa votación. Si el proyecto fuera aprobado, es incierto si los poderes legislativos y Ejecutivo lo acatarían. A juzgar por sus recientes declaraciones, no lo aceptarían. No obstante, hay aún la posibilidad que también muestren autocontención, y pueda resolverse esta inédita crisis entre poderes.