20 de diciembre, fecha límite para pagar aguinaldo: Trabajo Colima
Foto Cortesía
Jueves 05 de Diciembre de 2024 7:12 pm
+ -
La Subsecretaría del Trabajo de
Colima informó que se acuerdo con el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo
(LFT), el pago del aguinaldo debe ser entregado a más tardar el 20 de diciembre.
El subsecretario del Trabajo, Javier
Pinto Torres, explicó que el aguinaldo debe ser pagado en efectivo y, como
mínimo, equivale a 15 días de salario; esta prestación no puede sustituirse por
días de descanso, vales, despensas u otras formas de compensación. Este derecho
busca garantizar que las y los trabajadores cuenten con un ingreso adicional
para cubrir los gastos propios de la temporada de fin de año.
Tienen derecho al aguinaldo las y los
trabajadores de base, confianza, de planta, sindicalizados, contratados por
obra o tiempo determinado, eventuales y otros esquemas similares. Sin embargo,
Pinto aclaró que las personas contratadas bajo el régimen de honorarios no
tienen acceso a esta prestación, excepto si existe una relación laboral
subordinada. Esto implica cumplir con un horario fijo, recibir instrucciones de
un superior inmediato y trabajar en un lugar designado dentro de la empresa o
establecimiento.
El subsecretario subrayó que las
incapacidades por enfermedad, maternidad o paternidad no afectan el derecho al
pago completo del aguinaldo. Las trabajadoras y trabajadores que hayan recibido
incapacidades por parte de una institución de seguridad social tienen
garantizado este derecho, ya que la ley considera dichas ausencias como tiempo
activo.
Las y los empleadores que no cumplan
con esta obligación enfrentarán sanciones de hasta 5 mil Unidades de Medida y
Actualización (UMA). En el caso de las y los trabajadores al servicio de los
gobiernos estatal y municipales, el Artículo 67 de la Ley de los Trabajadores
al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del
Estado de Colima establece que el aguinaldo debe pagarse en una sola
exhibición, antes del 19 de diciembre.
Recordó que las y los trabajadores
que no reciban su aguinaldo en tiempo y forma, pueden presentar una queja ante
la Dirección del Trabajo. En Colima, las oficinas están en Aniceto Castellanos
231, colonia San Pablo; en Tecomán, en Miguel Hidalgo s/n, a un costado de la
Presidencia Municipal; y en Manzanillo, en el Complejo Administrativo de
Seguridad (cuarto módulo). Los horarios de atención son de lunes a viernes, de
9 de la mañana a 3 de la tarde.