Corte Interamericana de Derechos Humanos condena al Estado mexicano por el caso Ernestina Ascencio
Martes 16 de Diciembre de 2025 3:53 pm
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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió una sentencia histórica este martes, declarando al Estado mexicano responsable internacionalmente por la violación sexual, graves lesiones y la posterior muerte de la señora Ernestina Ascencio Rosario en 2007.
El tribunal con sede en San José, Costa Rica, determinó que la mujer indígena náhuatl monolingüe, de 73 años y habitante de la Sierra Zongolica en Veracruz, fue violada por miembros del Ejército mexicano el 25 de febrero de 2007. Este hecho ocurrió cerca de un campamento militar instalado como parte de la estrategia de lucha contra el narcotráfico del gobierno de Felipe Calderón.
Conclusiones Clave de la Corte IDH
La Corte IDH constató varias violaciones de derechos humanos y fallas del Estado mexicano:
Violación Sexual y Tortura: La Corte determinó que la violación sexual sufrida por la señora Ernestina constituyó un acto de tortura, debido a que fue intencional, causó severos sufrimientos físicos y mentales, y se cometió con el propósito de intimidar, degradar, humillar y controlar a la víctima.
Causa de Muerte: La violación sexual, las graves lesiones y la falta de atención médica oportuna causaron la muerte de la señora Ernestina Ascencio.
Falta de Investigación y Justicia: México incumplió el deber de investigar con debida diligencia reforzada y de garantizar el acceso a la justicia a los familiares. La investigación ministerial fue cerrada prematuramente y se basó en estereotipos étnicos, etarios y de género.
Descrédito Oficial: La Corte señaló que altas autoridades del gobierno mexicano, incluido el entonces Presidente Felipe Calderón, replicaron motivos permeados por estereotipos, contribuyendo a crear un ambiente de descreimiento hacia las declaraciones de la víctima y sus familiares (quien dijo en náhuatl a su hija que "los soldados se me echaron encima").
Falla en la Atención Médica: El Estado incumplió su deber de brindar atención médica accesible, disponible y de calidad. El hospital no contaba con intérpretes del náhuatl para facilitar la comunicación con la víctima y sus familiares.
Derechos Violados y Medidas de Reparación
La Corte IDH declaró que México violó múltiples derechos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención de Belém do Pará y la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura.
Entre las principales medidas de reparación ordenadas al Estado mexicano, se encuentran:
Investigación Penal Exhaustiva: Iniciar una investigación penal exhaustiva y seria sobre la violación sexual, tortura y muerte de Ernestina para identificar, procesar y sancionar a los responsables.
Reparación a Familiares: Brindar tratamiento médico, psicológico y/o psiquiátrico a los hijos e hijas de la señora Ascencio Rosario, cuyos derechos a la integridad y a la justicia también fueron vulnerados.
Reconocimiento Público: Realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional.
Fortalecimiento Institucional: Fortalecer el Centro de Atención Especializada de Soledad Atzompa e implementar programas de formación y capacitación para funcionarios públicos.
Registro de Intérpretes: Crear un Registro Nacional de Intérpretes y Traductores en Lenguas Indígenas para su uso en los sistemas de salud y justicia.
