Cargando



Histórico fallo de la Corte: Nada exime al padre biológico del pago de pensión



Jueves 08 de Enero de 2026 1:01 pm

+ -

La SCJN determinó que los alimentos retroactivos son una obligación irrenunciable, independientemente de que un tercero haya cubierto las necesidades del menor.

En una resolución que fortalece el interés superior de la infancia, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el pago de alimentos, incluyendo los retroactivos, es una obligación jurídica insustituible de los padres biológicos que no puede ser cancelada por el apoyo de otros familiares.


Durante la sesión del 7 de enero, el Máximo Tribunal revocó una sentencia previa que pretendía liberar a un progenitor de su responsabilidad. En el caso analizado, un tribunal inferior consideró que la obligación alimentaria estaba "satisfecha" porque el abuelo materno había reconocido legalmente a la niña como su hija y la había mantenido. Sin embargo, la Corte estableció que este acto de protección del abuelo no exime al padre biológico de sus deberes económicos.


El derecho a los alimentos retroactivos

El Pleno de la SCJN enfatizó que el derecho a recibir alimentos es irrenunciable. Bajo esta premisa, el padre biológico deberá cubrir el monto adeudado desde el nacimiento de la menor, ajustándose al concepto de pago retroactivo.


Para calcular estas cifras, la Corte instruyó que se analice cada caso bajo los siguientes criterios:

  • Conocimiento del vínculo: Determinar si el progenitor sabía del embarazo o del nacimiento.
  • Buena o mala fe: Evaluar la conducta del deudor durante el tiempo que se omitió el pago.
  • Carga de la prueba: Corresponde al padre (deudor) acreditar fehacientemente si tuvo o no una imposibilidad real para cumplir con la obligación.


Justicia para la infancia

La SCJN reiteró que estas medidas no son opcionales, sino que forman parte de la protección al desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes.

“Esta decisión obliga a garantizar el desarrollo de la infancia con la participación y responsabilidad plena de sus progenitores, sin que el apoyo de terceros borre la responsabilidad legal del padre biológico”, señaló el organismo en su comunicado oficial.

AGENCIAS



254 Vistas