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Maldonado dice



CARLOS MALDONADO VILLAVERDE

¿Es neta?


Jueves 18 de Abril de 2019 7:52 am


¿AHORA legislaremos por memorándum? ¿De qué Poderes por encima de la Constitución se invistió a López Obrador para que mediante un memorándum supla al Poder Legislativo y corrija las leyes sin más? Porque las únicas facultades extraordinarias que el Presidente puede asumir para tener facultades de legislar, están claramente expuestas en los artículos 29 y 131 de nuestra Carta Magna y –créanme– ni hay invasión, ni hay perturbación grave de la paz pública, ni hay urgencia de poner nuevos impuestos.

Peor aún, un acto de autoridad debe estar fundado (tener una explicación clara de las atribuciones de las que se hace uso, así como de las leyes que refieren dichas atribuciones), así como motivado (explicando claramente las razones que llevan a realizar dicho acto de autoridad), en el caso del citado “memorándum” no hay nada de eso, es un acto de simple y llana arbitrariedad.

El artículo 49 de nuestra Constitución es muy claro al respecto: “El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. No podrán reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un individuo…”. ¿Lo entiende Andrés Manuel? ¿O se lo explicamos con bolitas y palitos?

Yo creo que alguien en Palacio Nacional sí lo entiende, pues –mañosamente– llaman “memorándum” a lo que es un decreto, tal y como en la jefatura de Gobierno de la Ciudad de México llamaba “bando solemne” a sus decretos. ¿Por qué? Pues porque la Constitución habla de decretos al afirmar en el mismo artículo 29: “Los decretos expedidos por el Ejecutivo durante la restricción o suspensión, serán revisados de oficio e inmediatamente por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la que deberá pronunciarse con la mayor prontitud sobre su constitucionalidad y validez”. Pero, si es un memorándum… ¿deberá revisarlo la Suprema Corte o no? ¡Claro que sí! Porque son “medidas legales y administrativas”, tal y como lo señala el artículo 29, susceptibles de ser reformadas por el Poder Legislativo y no por el Ejecutivo.

El memorándum consta de cuatro lineamientos, a saber:

Primero, señala la obligatoriedad, laicismo, pluriculturalidad, calidad y gratuidad de la educación pública en todos los niveles de escolaridad. Esta es una desiderata y no pasa de ser un futuro deseable que hoy mismo no es posible. Además no cambia el sentido de lo que los anteriores gobiernos han sustentado al respecto.

Segundo, ordena dejar sin efecto todas las medidas en que se haya traducido la aplicación de la reforma educativa de Peña Nieto. Este segundo lineamiento es el beso del diablo. López Obrador no puede ni debe legislar y cancelar una ley, es precisamente meterse en el ámbito del Poder Legislativo y convertir a 500 diputados y 128 senadores en títeres del Poder Ejecutivo.

Tercero, ordena que la nómina del sector educativo quede bajo control de la SHCP. Es un hecho que dicha disposición entra dentro de las capacidades del Presidente de México. Quizá los estados estén en desacuerdo, en tanto la descentralización de las plazas les permitía generar una “fuerza aérea” que ahora ya no tendrán a su disposición.

Y cuarto, ordena a la Segob realizar “las diligencias y acciones necesarias para poner en libertad a la brevedad a maestros y luchadores sociales que todavía se encuentran en prisión por haberse opuesto a la susodicha reforma…”. Creo que también es aceptable y hasta loable, siempre y cuando no se trate de abrir las rejas de las prisiones indiscriminadamente, pues más adelante habla de “otras causas sociales justas”, lo que me parece demasiado amplio.

En fin, si el memorándum hubiera sido presentado el 28 de diciembre, todos hubiéramos celebrado el buen humor de nuestro Presidente, pero en la fecha actual, la pregunta es: ¿Podrá el Presidente transitar 6 años sin caer en la tentación del absolutismo, la arbitrariedad y la tiranía? Es un riesgo que nuestra patria no puede correr.


carlos.maldonado.v@hotmail.com