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ALEJANDRO BERNAL ASTORGA

El outsourcing: retos y oportunidades


Miércoles 07 de Abril de 2021 7:35 am


¿Cómo potenciar recursos generando beneficios

para empresarios y trabajadores?

 

Las empresas utilizan el outsourcing como una estrategia para optimizar el rendimiento de su inversión. El principio básico del outsourcing implica que una organización concentre sus recursos humanos, materiales y financieros en las acciones y procesos que más le generen valor e incrementan sus utilidades. Se trata de “cuidar los pesos y no dispersar esfuerzos en los centavos”.

Ejemplificando lo anterior, diría que la industria automotriz contrataría al personal que directa o indirectamente se requiere para diseñar, producir o vender autos, y contrataría a una empresa para que le brindara los servicios de vigilancia, intendencia, etcétera. O bien, recurrir al outsourcing cuando se requiere de un servicio especializado para atender necesidades particulares. En ambos casos, los trabajadores son contratados por una agencia y no por las empresas en las que prestan sus servicios.

Dado que el trabajo es un derecho y un instrumento para que las personas tengan acceso a mejores niveles de vida, se comparten las siguientes ideas:

A) El outsourcing es un anglicismo compuesto por los términos out, que significa “fuera”, y source, que se traduce como “fuente”. De ahí que el término se defina como recurrir a una fuente externa para la subcontratación de personal.

B) Es reconocido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), como un régimen de subcontratación, entendido como “toda situación en la que el trabajo es ejecutado por una persona que no es trabajador del empleador, pero está subordinado al mismo”.

El reto para la OIT es “que todos sus miembros (entre ellos México), adopten medidas para garantizar que, cuando se recurra al trabajo en régimen de subcontratación, no se eludan las obligaciones ni se denieguen los derechos previstos en la legislación laboral y de seguridad social”.

C) Entre los factores que han incidido para que el outsourcing se haya incrementado se encuentran:

-El uso de un modelo toyotista de producción (líneas de ensamblado o cadenas de montaje) en los que se apuesta a la especialización laboral.

-El aumento de la competencia y la consecuente necesidad de ser más eficientes y productivos.

-La preferencia por reducir costos de producción, antes que incidir en los precios de mercado, como estrategia para la obtención de utilidades.

-La necesidad de empleo. La OIT señala que “se dispone de una gran reserva de personas dispuestas a trabajar bajo condiciones que no hubiesen aceptado en un mercado con escasez de mano de obra o suficientes fuentes de empleo”.

D) Existe una creciente industria global de tercerización de mano de obra. Para dimensionar el tamaño de este mercado laboral, la Confederación Mundial de Empleadores (WEC), afirma que México es el cuarto país donde más personas trabajan vía outsourcing (4.7 millones de trabajadores). En primer lugar se encuentra Estados Unidos; China es el segundo, con 11.7 millones; Japón el tercero, con 4.8 millones.

E) El outsourcing no es ilegal. De hecho, es una estrategia utilizada por empresarios y por gobiernos federales, estatales y municipales. En México se incluyó en el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) en 2012. A partir de entonces, las empresas pudieron comenzar a tercerizar la contratación de recursos humanos a otras compañías. Dicho artículo señala que:

-No podrá abarcar la totalidad de las actividades, iguales o similares en su totalidad, que se desarrollen en el centro de trabajo.

-Deberá justificarse por su carácter especializado.

-No podrá comprender tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del contratante.

-De no cumplirse con todas estas condiciones, el contratante se considerará patrón para todos los efectos de esta Ley, incluyendo las obligaciones en materia de seguridad social.

El cumplimiento de estas disposiciones es una obligación para las empresas, hacer cumplir lo que la ley señala ha sido, es y será responsabilidad de las autoridades gubernamentales.

F) En noviembre de 2020, el Ejecutivo de nuestro país envió a la Cámara de Diputados una iniciativa para regular la subcontratación. Generalmente las iniciativas se dan a conocer a los directamente implicados en su cumplimiento antes de su presentación al Poder Legislativo, con el objeto de escuchar todas las opiniones, puntos de vista y propuestas que la complementen y enriquezcan. En este caso esto ocurrió posteriormente, por lo que después de 3 meses de diálogo, mesas de trabajo y foros, se adecuó la iniciativa presidencial (según lo dicho por el titular del Instituto Mexicano del Seguro Social, Zoé Robledo) llegando a un acuerdo tripartita respaldado por representantes de los sectores obrero y empresarial, funcionarios del Gobierno Federal y atestiguado por representantes del Poder Legislativo.

G) Entre los acuerdos se encuentran los siguientes:

-La prohibición de la subcontratación de personal (anteriormente el artículo 15 de la LFT lo permitía de forma parcial).

-La regulación de la subcontratación de servicios especializados distintos del objeto social y de la actividad económica preponderante de la empresa contratante (el artículo 15 de la LFT ya lo consideraba, pero ahora se agrega la acción de regulación sobre los mismos).

-El registro de las empresas de subcontratación de servicios y obras especializados ante la Secretaría del Trabajo y la inscripción al padrón público (el artículo 15-C de la LFT señalaba que se debería crear una unidad de verificación debidamente acreditada y aprobada para que la empresa contratista cumpliera en materia de seguridad, salud y medio ambiente en el trabajo).

-La responsabilidad solidaria entre el contratista y la empresa contratante en caso de incumplimiento (el artículo 15 de la LFT establecía que el contratante se consideraría patrón para todos los efectos de dicha ley, incluyendo las obligaciones en materia de seguridad social).

-El otorgamiento de un plazo de 3 meses para que los trabajadores subcontratados se incorporen a las empresas (cuando realizan actividades relacionadas con la actividad económica preponderante de la empresa).

-Sobre el reparto de utilidades se acordaron dos modalidades para su cálculo: una será con un límite de 3 meses de salario, y la otra con el promedio de la participación recibida en los últimos 3 años (es importante señalar que esta medida tiene como objetivo evitar que en algunas organizaciones incrementen los gastos en diciembre, para disminuir las utilidades y también establece un tope para el reparto de las mismas).

Cuando se generaliza y señala que todo outsourcing es negativo o positivo se pierde objetividad; evidentemente habrá casos positivos y otros que atenten contra los derechos laborales de los trabajadores. En términos económicos la función de empresarios y trabajadores es igualmente importante, ya que el empleo es la “gasolina” que hace funcionar al “motor” que se llama economía.

Es responsabilidad de los tres niveles de gobierno generar las condiciones económicas, sociales, tecnológicas, políticas y de seguridad para que ello ocurra. A cada quien lo suyo.