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ALEJANDRO BERNAL ASTORGA
El outsourcing: retos y oportunidades
Miércoles 07 de Abril de 2021 7:35 am
¿Cómo potenciar
recursos generando beneficios para empresarios y
trabajadores? Las empresas
utilizan el outsourcing como una estrategia para optimizar el
rendimiento de su inversión. El principio básico del outsourcing implica
que una organización concentre sus recursos humanos, materiales y financieros
en las acciones y procesos que más le generen valor e incrementan sus
utilidades. Se trata de “cuidar los pesos y no dispersar esfuerzos en los
centavos”. Ejemplificando lo
anterior, diría que la industria automotriz contrataría al personal que directa
o indirectamente se requiere para diseñar, producir o vender autos, y
contrataría a una empresa para que le brindara los servicios de vigilancia,
intendencia, etcétera. O bien, recurrir al outsourcing
cuando se requiere de un servicio especializado para atender necesidades
particulares. En ambos casos, los trabajadores son contratados por una agencia
y no por las empresas en las que prestan sus servicios. Dado que el
trabajo es un derecho y un instrumento para que las personas tengan acceso a
mejores niveles de vida, se comparten las siguientes ideas: A) El outsourcing
es un anglicismo compuesto por los términos out, que significa “fuera”, y
source, que se traduce como “fuente”. De ahí que el término se defina
como recurrir a una fuente externa para la subcontratación de personal. B) Es reconocido
por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), como un régimen de
subcontratación, entendido como “toda situación en la que el trabajo es
ejecutado por una persona que no es trabajador del empleador, pero está
subordinado al mismo”. El reto para la
OIT es “que todos sus miembros (entre ellos México), adopten medidas para
garantizar que, cuando se recurra al trabajo en régimen de subcontratación, no
se eludan las obligaciones ni se denieguen los derechos previstos en la
legislación laboral y de seguridad social”. C) Entre los
factores que han incidido para que el outsourcing
se haya incrementado se encuentran: -El uso de un
modelo toyotista de producción (líneas de ensamblado o cadenas de montaje) en
los que se apuesta a la especialización laboral. -El aumento de la
competencia y la consecuente necesidad de ser más eficientes y productivos. -La preferencia
por reducir costos de producción, antes que incidir en los precios de mercado,
como estrategia para la obtención de utilidades. -La necesidad de
empleo. La OIT señala que “se dispone de una gran reserva de personas
dispuestas a trabajar bajo condiciones que no hubiesen aceptado en un mercado
con escasez de mano de obra o suficientes fuentes de empleo”. D) Existe una
creciente industria global de tercerización de mano de obra. Para dimensionar
el tamaño de este mercado laboral, la Confederación Mundial de Empleadores
(WEC), afirma que México es el cuarto país donde más personas trabajan vía outsourcing (4.7 millones de
trabajadores). En primer lugar se encuentra Estados Unidos; China es el
segundo, con 11.7 millones; Japón el tercero, con 4.8 millones. E) El outsourcing no es ilegal. De hecho, es
una estrategia utilizada por empresarios y por gobiernos federales, estatales y
municipales. En México se incluyó en el artículo 15 de la Ley Federal del
Trabajo (LFT) en 2012. A partir de entonces, las empresas pudieron comenzar a
tercerizar la contratación de recursos humanos a otras compañías. Dicho
artículo señala que: -No podrá abarcar la totalidad de las
actividades, iguales o similares en su totalidad, que se desarrollen en el
centro de trabajo. -Deberá justificarse por su carácter
especializado. -No podrá comprender tareas iguales o
similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del
contratante. -De no cumplirse con todas estas
condiciones, el contratante se considerará patrón para todos los efectos de
esta Ley, incluyendo las obligaciones en materia de seguridad social. El cumplimiento de estas disposiciones es
una obligación para las empresas, hacer cumplir lo que la ley señala ha sido,
es y será responsabilidad de las autoridades gubernamentales. F) En noviembre de 2020, el Ejecutivo de
nuestro país envió a la Cámara de Diputados una iniciativa para regular la
subcontratación. Generalmente las iniciativas se dan a conocer a los
directamente implicados en su cumplimiento antes de su presentación al Poder
Legislativo, con el objeto de escuchar todas las opiniones, puntos de vista y
propuestas que la complementen y enriquezcan. En este caso esto ocurrió
posteriormente, por lo que después de 3 meses de diálogo, mesas de trabajo y foros,
se adecuó la iniciativa presidencial (según lo dicho por el titular del
Instituto Mexicano del Seguro Social, Zoé Robledo) llegando a un acuerdo
tripartita respaldado por representantes de los sectores obrero y empresarial,
funcionarios del Gobierno Federal y atestiguado por representantes del Poder
Legislativo. G) Entre los acuerdos se encuentran los
siguientes: -La
prohibición de la subcontratación de personal (anteriormente el artículo 15 de
la LFT lo permitía de forma parcial). -La regulación de
la subcontratación de servicios especializados distintos del objeto social y de
la actividad económica preponderante de la empresa contratante (el artículo 15
de la LFT ya lo consideraba, pero ahora se agrega la acción de regulación sobre
los mismos). -El registro de
las empresas de subcontratación de servicios y obras especializados ante la
Secretaría del Trabajo y la inscripción al padrón público (el artículo 15-C de
la LFT señalaba que se debería crear una unidad de verificación debidamente
acreditada y aprobada para que la empresa contratista cumpliera en materia de
seguridad, salud y medio ambiente en el trabajo). -La
responsabilidad solidaria entre el contratista y la empresa contratante en caso
de incumplimiento (el artículo 15 de la LFT establecía que el contratante se
consideraría patrón para todos los efectos de dicha ley, incluyendo las
obligaciones en materia de seguridad social). -El otorgamiento
de un plazo de 3 meses para que los trabajadores subcontratados se incorporen a
las empresas (cuando realizan actividades relacionadas con la actividad
económica preponderante de la empresa). -Sobre el reparto
de utilidades se acordaron dos modalidades para su cálculo: una será con un
límite de 3 meses de salario, y la otra con el promedio de la participación
recibida en los últimos 3 años (es importante señalar que esta medida tiene
como objetivo evitar que en algunas organizaciones incrementen los gastos en
diciembre, para disminuir las utilidades y también establece un tope para el
reparto de las mismas). Cuando se
generaliza y señala que todo outsourcing
es negativo o positivo se pierde objetividad; evidentemente habrá casos
positivos y otros que atenten contra los derechos laborales de los trabajadores.
En términos económicos la función de empresarios y trabajadores es igualmente
importante, ya que el empleo es la “gasolina” que hace funcionar al “motor” que
se llama economía. Es responsabilidad
de los tres niveles de gobierno generar las condiciones económicas, sociales,
tecnológicas, políticas y de seguridad para que ello ocurra. A cada quien lo
suyo.