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Maldonado dice



CARLOS MALDONADO VILLAVERDE

La Suprema Corte y el aborto


Viernes 10 de Septiembre de 2021 7:09 am


DESDE 1996, cuando empecé a escribir en el periódico de manera semanal, primero en El Mundo Desde Colima y después en Diario de Colima, me comprometí conmigo a expresar mis convicciones, aún las impopulares.

Había claramente cinco líneas de acción en las que debía empujar, dadas las circunstancias de la época: la transición democrática hacia un país verdaderamente pluripartidista, donde todos tuviéramos voz y voto; el respeto a las diferencias individuales y particularmente el derecho de los grupos con preferencias sexuales diferentes a ser tratados con respeto, reconociendo su capacidad plena de crear una familia, tanto en el tema del matrimonio, como de la adopción; evitar que las creencias religiosas de cualquier tipo influyeran –y, aún más, definieran– en el pacto social, las leyes y convenciones base de nuestra vida comunitaria; el desarrollo económico y educativo de Colima, encaminado a convertir al estado en un lugar donde floreciera la ciencia, la tecnología, la innovación y el arte y, finalmente, el respeto inviolable a los derechos de la mujer a participar en la comunidad, a ser tratada con igualdad salarial, a decidir sobre su persona y sobre su cuerpo, su sexualidad y su derecho a interrumpir un embarazo no deseado.

Este martes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la penalización de las mujeres que abortan en la primera etapa de su embarazo, reconociendo su derecho a decidir sobre su cuerpo. La decisión, que fue unánime, invalida el artículo 196 de Código Penal del Estado de Coahuila, que daba hasta 3 años de cárcel a “la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que le hiciera abortar con el consentimiento”.

Esta declaración de la SCJN invalida únicamente el referido artículo del Código Penal del Estado de Coahuila, pero es, desde luego, un precedente que obliga a los jueces del país a fallar favorablemente en los casos que sean presentados en otros estados contra las mujeres que decidan libremente abortar, así como protege al personal de salud que las auxilie. Lo más interesante es que el ponente, el ministro Luis María Aguilar, enunció como uno de los resultados de este juicio, “la garantía de que las mujeres o personas gestantes que así lo decidan puedan interrumpir su embarazo en las instituciones de salud pública de forma accesible, gratuita, confidencial, segura, expedita y no discriminatoria”.

En el comunicado de prensa No. 271/2021, la oficina de prensa de Suprema Corte afirma: “La Suprema Corte entendió que el producto de la gestación merece una protección que incrementa en el tiempo, a medida que avanza el embarazo. Sin embargo, precisó que esa protección no puede desconocer los derechos de las mujeres y personas gestantes a la libertad reproductiva. Por lo tanto, estableció el Pleno, criminalizar de manera absoluta la interrupción del embarazo es inconstitucional”.

“Al haberse alcanzado una mayoría que supera los ocho votos, las razones de la Corte obligan a todas y todos los jueces de México; tanto federales como locales. A partir de ahora, al resolver casos futuros, deberán considerar que son inconstitucionales las normas penales de las entidades federativas que criminalicen el aborto de manera absoluta, como lo son los tipos penales que no contemplan la posibilidad de interrumpir el embarazo en un periodo cercano a la implantación, o las normas que sólo prevean la posibilidad de abortar como excusas absolutorias, pues en esos supuestos la conducta se cataloga como un delito, aunque no se imponga una sanción”.

Está dicho. Algunas de mis convicciones van ganando batallas, la sociedad cambia para mejorar. Lentamente vamos evolucionando. El primer artículo mío que conservo sobre el derecho de la mujer a decidir sobre un embarazo no deseado es del 8 de septiembre del año 2000, pero creo que hay algunos más anteriores. Hoy, en este tema, damos un paso adelante. Las iglesias tendrán sus propios criterios, pero la sociedad laica ya tiene una definición más clara del alcance de los derechos de la mujer que debemos respetar y proteger.