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¿Cómo le hago?



ARTURO BRAVO SALAZAR


Domingo 22 de Enero de 2023 8:42 am


CON esta columna nos podemos informar de cómo resolver los problemas que se nos suscitan en la vida cotidiana, tanto como ciudadanos, como en las actividades a las que nos dedicamos:

Cómo realizar trámites ante autoridades Municipales, Estatales y Federales; cómo proteger nuestro patrimonio en la compra de inmuebles o inversiones; cómo resolver problemas jurídicos, y otros más.

Esta columna será publicada cada domingo, escrita por un servidor, con amplia experiencia en Derecho Administrativo, con más de 19 años en puestos de iniciativa privada, Gobierno Federal y Gobiernos Estatales. Con cargos como Secretario del Instituto Mexicano de Derecho Registral, Director en Registro Público de la Propiedad en los Estados de Colima y Aguascalientes.


¿Cómo le hago si un familiar fallece sin dejar testamento?

A algunas personas les resulta familiar el termino Sucesión intestamentaria, podemos resumir que es el medio que tiene una persona para tomar la posesión de los bienes de una persona que falleció sin haber hecho testamento.

Tienen derecho a demandar los ascendientes (padres), descendientes (hijos), cónyuge (esposa/o), y concubino o concubina. Si no existieran estas personas, entonces quien se quedaría con esos bienes seria la beneficencia pública, como lo dispone el artículo 1493 del Código Civil para el Estado de Colima.

¿Cuándo puedo demandar la sucesión intestamentaria? Cuando fallece la persona sin dejar testamento, o cuando el fallecido sí dejó testamento, pero no consideró todos los bienes que tenía.

¿Cómo puedo demandar la sucesión intestamentaria? Se necesita el acta de defunción certificada, actas de nacimiento o matrimonio que demuestren el parentesco con la persona fallecida (también certificadas), dos testigos que hayan conocido al fallecido y puedan confirmar la relación con los herederos. En el juicio, los herederos deberán asignar un albacea.

¿Qué función tiene un Albacea? El albacea será el representante jurídico del fallecido, se encargará de hacer un inventario sobre los bienes, administrarlos, asegurarlos y repartirlos entre los herederos.

Para llevar a cabo la sucesión intestamentaria se podrá realizar el juicio Civil para que se puedan adjudicar los bienes quienes tengan el derecho.


*Especialista en Derecho de Propiedad

Facebook: Lic. Arturo Bravo Salazar