Cuotas y tarifas reales
DR. CUAUHTÉMOC RAMÍREZ ZAMORA
Jueves 26 de Enero de 2023 8:40 am
De acuerdo con Baumann (2005),
hasta la década de 1970, el abastecimiento de agua en las ciudades se basaba
principalmente en políticas orientadas a la oferta, es decir, en construir la
infraestructura necesaria para obtenerla y así satisfacer las necesidades
poblacionales. Sin embargo, fue a inicios del 2000 cuando la provisión del
agua, a través del manejo de la demanda, cobró mayor importancia, ante la
disponibilidad cada vez más escasa del líquido, el incremento de las sequías,
la competencia entre su uso urbano y agrícola, así como la preocupación creciente sobre cuestiones
medioambientales. Por consiguiente, ya no sólo era
importante planear la infraestructura necesaria para dotar de agua a la población,
sino también determinar tarifas que indujeran un uso adecuado del recurso, ahí
se da el auge del uso comercial y doméstico. Para Colima desde 2017 se planteó
en el Decreto No. 117 el establecimiento los derechos de pago en estos
servicios públicos para con el organismo operador, dando como resultado una
diferenciación bien delineada entre establecimientos comerciales y predios
deshabitados. Recientemente el diputado local del
PRI, Héctor Magaña Lara, ya famoso por su apodo “Magaña te engaña”, falseó el
dato de cuotas actuales, ya que el documento emitido en la actual Legislatura
menciona adiciones del párrafo séptimo al artículo 04 valorando una cuota
establecida para predios deshabitados por concepto de mantenimiento de redes,
validando así, además de su apodo, que cualquier modificación respecto al cobro
señalado en el párrafo previo del artículo deberá ser analizado por el Comité
Técnico Tarifario y emitir una opinión técnica correspondiente, cosa que no ha
sucedido, resultando así en que no existe razón alguna para mal informar a la
población con que los lugares en desuso no deben pagar una cuota de
mantenimiento de redes de agua potable y drenaje. Resulta fundamental partir de
posturas reales avaladas por la Ley que establece las cuotas y tarifas para el
pago de derechos por los servicios públicos de agua potable y alcantarillado y
saneamiento de los municipios de Colima y Villa de Álvarez, resultando así en
informar a la población con datos verídicos y no simplemente querer buscar
protagonismo a base de mentiras.
La elasticidad de la tarifa y
precio del agua no es un juego, hablamos de un recurso básico en el que deben
tomarse en cuenta la infraestructura y un constante aumento en la cantidad de
demanda per cápita, aunado a un crecimiento de la población que ocasionará
mayor consumo y elevará la presión sobre los recursos hídricos en las zonas
urbanas de nuestro Estado.