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¿CÓMO LE HAGO?



ARTURO BRAVO SALAZAR

Heredar en vida


Domingo 04 de Junio de 2023 7:01 am


EN muchas ocasiones hemos escuchado decir: heredé en vida o me heredaron en vida. Jurídicamente podemos pensar que se refieren a una donación o algún fideicomiso que hayan realizado.

Cómo funciona la donación

La donación es un acuerdo en el cual una persona traspasa su propio bien a otra persona de forma gratuita.

Siempre que se haga este tipo de donación con fines de dejar nuestro patrimonio a quien sea nuestra voluntad es recomendable donar la nuda propiedad y reservarse el usufructo vitalicio

La nuda propiedad

Es el derecho que tiene una persona sobre una cosa como propietario. Tiene el dominio sobre la cosa, pero no ostenta la posesión por haber sido cedida ésta a través de un derecho real denominado usufructo.

Usufructo

Es el derecho sobre una propiedad, que permite a una persona usar y disfrutar de los bienes, así como los frutos que estos generen sobre el inmueble, que es propiedad de otra persona. Esto significa que una persona posee los bienes de otra persona, pero no los puede vender, modificar, regalar o transferir.

Hay formalidades que tenemos que cuidar al transferir bienes a nuestros seres queridos antes de fallecer.

Al donar nuestro bien inmueble, es importante tener en cuenta que podemos reservarnos el usufructo vitalicio, para disfrutar de por vida el bien inmueble y cuando llegue la hora de nuestro fallecimiento, finalizará el usufructo y la persona a la que le donamos, tendrá la plena propiedad del bien.

Otro dato importante que tenemos que saber es que la persona que dona el bien, puede establecer en la escritura pública el derecho de volver a adquirir lo donado (recuperar la propiedad), esto se puede dar cuando, al estipularse una condición en la donación, la persona no la cumpla ante quien se donó el bien en el tiempo que fue pactado.

En otro artículo hablaré también de cómo funciona el fideicomiso para transmitir nuestros bienes.