¿CÓMO LE HAGO?

ARTURO BRAVO SALAZAR
Heredar en vida
Domingo 04 de Junio de 2023 7:01 am
EN muchas ocasiones hemos escuchado decir: heredé en vida o me
heredaron en vida. Jurídicamente podemos pensar que se refieren a una donación
o algún fideicomiso que hayan realizado. Cómo funciona la
donación La donación es un
acuerdo en el cual una persona traspasa su propio bien a otra persona de forma
gratuita. Siempre que se haga este
tipo de donación con fines de dejar nuestro patrimonio a quien sea nuestra
voluntad es recomendable donar la nuda propiedad y reservarse el usufructo
vitalicio La nuda propiedad Es el derecho que tiene
una persona sobre una cosa como propietario. Tiene el dominio sobre la cosa,
pero no ostenta la posesión por haber sido cedida ésta a través de un derecho
real denominado usufructo. Usufructo Es el derecho sobre una
propiedad, que permite a una persona usar y disfrutar de los bienes, así como los
frutos que estos generen sobre el inmueble, que es propiedad de otra persona.
Esto significa que una persona posee los bienes de otra persona, pero no los
puede vender, modificar, regalar o transferir. Hay formalidades que
tenemos que cuidar al transferir bienes a nuestros seres queridos antes de
fallecer. Al donar nuestro bien
inmueble, es importante tener en cuenta que podemos reservarnos el usufructo
vitalicio, para disfrutar de por vida el bien inmueble y cuando llegue la hora
de nuestro fallecimiento, finalizará el usufructo y la persona a la que le
donamos, tendrá la plena propiedad del bien. Otro dato importante que
tenemos que saber es que la persona que dona el bien, puede establecer en la
escritura pública el derecho de volver a adquirir lo donado (recuperar la
propiedad), esto se puede dar cuando, al estipularse una condición en la
donación, la persona no la cumpla ante quien se donó el bien en el tiempo que
fue pactado.
En otro artículo hablaré
también de cómo funciona el fideicomiso para transmitir nuestros bienes.