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La figura de asociación civil



ARTURO BRAVO SALAZAR


Domingo 26 de Noviembre de 2023 8:48 am


Una asociación civil es una organización de valor caritativo de la sociedad, sin fines de lucro, y creada para atender, defender o velar por una situación de grupos de personas o animales que requieren de apoyo y atención. Las asociaciones civiles no deben tener intereses políticos ni religiosos; al contrario, solo quieren aportar y servir. Dicho esto, las asociaciones civiles sirven como promotoras de la educación, el arte, los deportes, la preservación del medio ambiente, el cuidado de los animales, entre otros.

El artículo 9 estipula que no se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito, pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país.

La denominación es el nombre de la asociación civil; este nombre no puede ser el mismo que el que tenga otra asociación que ya exista. El trámite de autorización de denominación se hace ante la Secretaria de Economía. El nombre o denominación siempre irá seguido de las palabras “asociación civil”, o de su abreviatura A.C.  La asociación civil se constituye ante un notario público mediante escritura pública, la cual deberá inscribirse en el Registro Público para que surta efectos contra personas distintas de los asociados.

Las Asociaciones Civiles se rigen por lo establecido en los estatutos, que son las reglas que pusieron los asociados al crear la asociación, así como por lo establecido en el Código Civil. La Asamblea General es la máxima autoridad de la asociación civil, y en esta se tratarán temas de disolución de la asociación, prórroga sobre la duración de la asociación, nombramiento de director o directores revocación de los nombramientos, admisión y exclusión de asociados.

Cabe aclarar una duda que tienen muchas personas: los asociados podrán separarse voluntariamente de la asociación civil cuando así lo quieran dando previo aviso, y con esto perderán todo derecho al haber social.

¿Pueden facturar las asociaciones civiles? Como cualquier empresa o negocio, estas organizaciones necesitan ingresos para lograr funcionar y cumplir sus fines; es por ello que parte de su tarea es conseguir percepciones procedentes de cuotas y donativos. El SAT puede autorizar para donativos deducibles, y el monto máximo que una empresa puede otorgar a una asociación civil para que pueda deducir es del 7 por ciento de su ingreso, siendo donativos mayores a 2 mil pesos, y debiendo realizarse a través de cheques, tarjetas bancarias o transferencias electrónicas.