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¿CÓMO LE HAGO?



ARTURO BRAVO SALAZAR

Comprar terreno en copropiedad


Domingo 24 de Marzo de 2024 8:10 am


En este tipo de compraventas, el bien o derecho pertenece a varias personas de manera simultánea. Es por ello que los copropietarios son dueños de un porcentaje de toda la propiedad y no de una superficie de terreno en específico, por lo que todos son dueños de todo el terreno, es decir, si el terreno tiene una superficie de 100 mil metros cuadrados y se vende en partes iguales entre 10 accionistas o copropietarios, cada copropietario será dueño de 10 por ciento del total del terreno.

Cabe hacer la aclaración de que “no son dueños de 10 mil metros cuadrados”; serán dueños de 10 por ciento  del total de los 100 mil metros cuadrados. Es decir, las ventas de acciones en copropiedad son eso: venta de acciones, así que no es una venta de un predio en específico el cual pueda ser legalmente delimitado o subdividido o fraccionado en predios más pequeños.

La copropiedad se da cuando una cosa o un derecho pertenece pro-indiviso (sin dividir) a varias personas, como lo estipula el artículo 934 de Código Civil Para el Estado de Colima.

Para quien realice un fraccionamiento, tiene que cumplir en primer lugar con el uso de suelo, ya que si son zonas no urbanizables será imposible que se puedan fraccionar o subdividir. El artículo 289 de la Ley de Asentamientos Humanos manifiesta que “todas aquellas subdivisiones de predios rústicos ubicados en áreas no urbanizables o de reserva urbana para el crecimiento o expansión, donde los productos de la operación sean menores a cinco hectáreas, serán nulas de pleno derecho”. Posteriormente se tendrá que cumplir con los dictámenes de factibilidad, plan parcial, proyecto ejecutivo y la aprobación de incorporación municipal según lo estipulado en los reglamentos y leyes en la materia.

En resumidas cuentas, se puede comprar en acciones de copropiedad; sin embargo, hay que saber bien qué uso le vamos a dar a esa propiedad. Si queremos comprar un terreno campestre es probable que se encuentre en áreas no urbanizables o de reserva urbana para el crecimiento o expansión, áreas en las que es ilegal construir según lo estipulado en la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Humano, anterior Ley de Asentamientos Humanos, la cual está vigente para el Municipio de Comala, y los reglamentos.

Si usted pretende comprar en acciones de copropiedad lo mejor es acercarse a un abogado de confianza con experiencia en derecho urbano y administrativo, para que le indique los medios legales de los que puede disponer.