¿CÓMO LE HAGO?

ARTURO BRAVO SALAZAR
Comprar terreno en copropiedad
Domingo 24 de Marzo de 2024 8:10 am
En este tipo de compraventas, el bien o derecho pertenece a
varias personas de manera simultánea. Es por ello que los copropietarios son
dueños de un porcentaje de toda la propiedad y no de una superficie de terreno
en específico, por lo que todos son dueños de todo el terreno, es decir, si el
terreno tiene una superficie de 100 mil metros cuadrados y se vende en partes
iguales entre 10 accionistas o copropietarios, cada copropietario será dueño de
10 por ciento del total del terreno. Cabe hacer la aclaración de que “no son dueños de 10 mil
metros cuadrados”; serán dueños de 10 por ciento del total de los 100 mil metros cuadrados. Es
decir, las ventas de acciones en copropiedad son eso: venta de acciones, así
que no es una venta de un predio en específico el cual pueda ser legalmente
delimitado o subdividido o fraccionado en predios más pequeños. La copropiedad se da cuando una cosa o un derecho pertenece
pro-indiviso (sin dividir) a varias personas, como lo estipula el artículo 934
de Código Civil Para el Estado de Colima. Para quien realice un fraccionamiento, tiene que cumplir en
primer lugar con el uso de suelo, ya que si son zonas no urbanizables será
imposible que se puedan fraccionar o subdividir. El artículo 289 de la Ley de
Asentamientos Humanos manifiesta que “todas aquellas subdivisiones de predios
rústicos ubicados en áreas no urbanizables o de reserva urbana para el
crecimiento o expansión, donde los productos de la operación sean menores a
cinco hectáreas, serán nulas de pleno derecho”. Posteriormente se tendrá que
cumplir con los dictámenes de factibilidad, plan parcial, proyecto ejecutivo y
la aprobación de incorporación municipal según lo estipulado en los reglamentos
y leyes en la materia. En resumidas cuentas, se puede comprar en acciones de copropiedad;
sin embargo, hay que saber bien qué uso le vamos a dar a esa propiedad. Si
queremos comprar un terreno campestre es probable que se encuentre en áreas no
urbanizables o de reserva urbana para el crecimiento o expansión, áreas en las
que es ilegal construir según lo estipulado en la Ley de Asentamientos Humanos,
Ordenamiento Territorial y Desarrollo Humano, anterior Ley de Asentamientos
Humanos, la cual está vigente para el Municipio de Comala, y los reglamentos.
Si usted pretende comprar en acciones de copropiedad lo
mejor es acercarse a un abogado de confianza con experiencia en derecho urbano
y administrativo, para que le indique los medios legales de los que puede
disponer.