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Voto de personas en prisión preventiva



ANA MARGARITA TORRES ARREOLA


Martes 10 de Septiembre de 2024 8:39 am


Por primera vez en la historia de nuestro país, durante el Proceso Electoral 2023-2024, las personas en prisión preventiva pudieron ejercer su derecho a votar en la elección de Presidencia de la República. Sin duda, se trata de un hecho inédito que viene a revolucionar muchas ideas preconcebidas sobre los derechos político-electorales de las personas privadas de su libertad.

Es importante mencionar que esta modalidad de votación fue ordenada al INE mediante una sentencia emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en 2019, al resolver los juicios promovidos por dos personas indígenas tsotsiles, que llevaban más de 15 años esperando ser sentenciadas en un centro de reclusión ubicado en Chiapas, y solicitaban que se les garantizara el derecho al sufragio.

En esta resolución (SUP-JDC-352/2018), la Sala Superior concluyó que las personas en prisión que no han sido sentenciadas tienen derecho a votar, porque se encuentran amparadas bajo la presunción de inocencia, y ordenó al INE implementar una prueba piloto para 2021, así como un programa de votación para garantizar su derecho a votar en el proceso electoral.

En cumplimiento a tal determinación, luego de múltiples esfuerzos por parte del personal del INE y gracias a la colaboración de las autoridades penitenciarias competentes, se logró que, en todo el país, emitieran su voto un total de 26 mil 563 personas en esta condición (134 en el caso de Colima).

La votación se llevó a cabo anticipadamente (de manera similar al voto de los mexicanos en el extranjero), para lo que personal del INE acudió a 214 centros penitenciarios del país a recibir la votación entre el 6 y el 20 de mayo de este año.

Para esta modalidad de votación, no se utilizó la credencial para votar, sino un listado nominal de electores escrupulosamente elaborado y validado, en el que se inscribieron las personas que manifestaron su interés por participar.

Tal como ocurre en todas las elecciones “normales”, fue posible que representantes de los partidos políticos, así como observadores electorales, presenciaran la emisión del voto.

Otro dato interesante es que, a fin de que se emitiera un voto informado, el INE distribuyó previamente las propuestas de las candidaturas, e incluso se logró que se transmitieran dos de los debates presidenciales al interior de los centros de reinserción social.

El escrutinio y cómputo de los votos previamente recabados en los centros penitenciarios se realizó el 2 de junio, día de la jornada electoral ordinaria, por personas funcionarias de casilla doblemente insaculadas; los resultados fueron incorporados tanto al PREP como a los cómputos oficiales del INE.

Aunque pudiera suscitar mucha polémica, el voto de las personas en prisión preventiva constituye un relevante reconocimiento al principio de presunción de inocencia, con el que el INE contribuye una vez más a la maximización y progresividad de los derechos de personas en situación vulnerable; basta recordar que en México hay quienes llevan hasta más de 20 años en prisión preventiva, esperando una sentencia.